Deducciones autonómicas para la declaración de la renta 2022

Deducciones autonómicas

Por
16/05/2023

Recordemos que el IRPF se configura como un tributo parcialmente (50%) cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que éstas tienen autonomía para configurar deducciones autonómicas.

El problema es que estas deducciones no se aplican de forma automática en el borrador, por lo que tendremos que estar al tanto de qué deducciones regulan las Comunidades Autónomas si queremos pagar menos en la declaración de la renta.

Os dejamos el siguiente listado con todas las deducciones autonómicas.

Deducciones autonómicas en Andalucía

Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes.

Deducción del 5% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición o rehabilitación del inmueble que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente.

Por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual

Deducción del 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual del contribuyente, con un máximo de 600€ anuales ó 900€ en caso de discapacidad.

Deducciones autonómicas en Aragón

Por arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador)

Deducción del 30% de la cuota íntegra por los ingresos obtenidos de arrendamientos de vivienda siempre que éstas se hayan puesto a disposición del Gobierno de Aragón, o de alguna de sus entidades a las que se atribuya la gestión del Plan de Vivienda Social de Aragón.

Por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo:

Deducción del 3 por 100 de las cantidades satisfechas por la adquisición de una vivienda nueva situada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago

Deducción del 10% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda habitual vinculado a las operaciones de dación en pago, con una base máxima de deducción de 4.800 euros anuales.

Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos.

Deducción del 5% por las cantidades invertidas en la compra o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente.

Deducciones autonómicas en Asturias

Deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual

Deducción del 10% de las cantidades abonadas, con un máximo de 500€.

Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en concejos en riesgo de despoblación.

Deducción del 5% por la compra o rehabilitación de la vivienda, o del 10% en caso de menores de 35 años, o familias numerosas o monoparentales.

Por adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad.

Deducción del 3% de las cantidades satisfechas en la compra o adaptación de la vivienda habitual del contribuyente cuando acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida.

El total de las cantidades invertidas por la Compra o rehabilitación de la vivienda habitual., con un límite máximo de 5.000€.

Por adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan sus cónyuges, ascendientes o descendientes con discapacidad.

Deducción del 3% de las cantidades satisfechas en la compra o adaptación de la vivienda habitual del contribuyente, cuando su cónyuge, ascendientes o descendientes acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.

Deducciones autonómicas en Illes Balears

Por arrendamiento de bienes inmuebles en el territorio de las Illes Balears destinados a vivienda (deducción del arrendador)

Deducción del 75% por los gastos en concepto de primas de seguros de crédito que cubran total o parcialmente el impago de las rentas a las que el contribuyente tenga derecho, con un límite de 440€ anuales.

Por determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual.

Deducción del 50% de las inversiones que mejoren la sostenibilidad de las viviendas.

Para compensar el incremento del coste de los préstamos o créditos hipotecarios con tipo de interés variable (deducción temporal)

El importe de la deducción es la diferencia entre los intereses abonados por los contribuyentes en el año 2022 respecto de los abonados en el año 2021, con el límite de 250€.

Por arrendamiento de la vivienda habitual en el territorio de las Illes Balears a favor de determinados colectivos.

Deducción del 15% de los pagos satisfechos por el alquiler, con un máximo de 440€.

Por arrendamiento de vivienda en el territorio de las Illes Balears derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales.

El 15 por 100 de los gastos satisfechos por el contribuyente durante el ejercicio en concepto de renta de alquiler de vivienda por razón del traslado temporal de su isla de residencia a otra isla del archipiélago balear, con un límite de 440€ anuales.

Deducciones autonómicas en Canarias

Por donaciones en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual.

Con carácter general, el 1% de la cantidad donada, con el límite de 240€. El 2% con el límite de 480€ en caso de que el destinatario tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y del 3% con un límite de 720€ si se acredita un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Por desarraigo por la erupción volcánica de la isla de La Palma

  • 2.000 euros por la vivienda en la que el contribuyente acredite que el día 19 de septiembre de 2021 tenía su residencia.
  • 2.000 euros por los inmuebles afectos a actividades empresariales o profesionales, incluidas las actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras.
  • 1.000 euros por el resto de bienes inmuebles.

Por inversión en vivienda habitual

Por la cuantía invertida en la adquisición de la vivienda en los siguientes porcentajes:

  • 5% si la base imponible general y del ahorro es inferior a 16.500€
  • 3,5% si la base imponible general y del ahorro está entre 16.500€ y 33.000€

Deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual

El 24% de las cantidades invertidas en el alquiler, con un límite de 720€ anuales.

Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.

Deducción del 25% de las cantidades satisfechas por el alquiler, con un máximo de 1.200€ anuales.

Por obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual

La deducción será del 12% de las cantidades invertidas en la rehabilitación energética en la vivienda habitual del contribuyente., con el límite del 10% de la cuota íntegra autonómica.

Por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador)

 El 75 por 100 de los gastos satisfechos por el contribuyente durante el ejercicio en concepto de primas de seguros de crédito que cubran total o parcialmente el impago de las rentas, con el límite de 150€ anuales.

Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad

El 14 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo, por las obras e instalaciones de adecuación a la vivienda por razón de discapacidad.

Por la cesión de uso temporal y gratuita de inmuebles ubicados en la isla de La Palma.

200 euros por mes completo del año en que realicen la cesión de uso temporal y gratuita de inmuebles ubicados en la isla de La Palma, con un máximo de 1.500€ por inmueble, o del 35% de la cuota íntegra autonómica.

Deducciones autonómicas en Cantabria

Deducción autonómica por obras de mejora

Deducción del 15% de las cantidades satisfechas, en obras realizadas, durante el ejercicio fiscal, en cualquier vivienda o viviendas de su propiedad siempre que tengan por objeto:

  • Rehabilitar la vivienda
  • Mejorar la eficiencia energética y la sostenibilidad
  • Instalar infraestructuras de telecomunicaciones.

Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores y personas con discapacidad.

El 10 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el arrendamiento de la vivienda habitual, con el límite de 300€ individuales o 600€ en caso de tributación conjunta.

Por arrendamiento de vivienda situada en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento que constituyan o vayan a constituir la vivienda habitual del arrendatario

Deducción del 20% del importe del alquiler de la vivienda habitual, con los mismos límites que la deducción comentada anteriormente.

Deducciones autonómicas en Castilla-La Mancha

Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.

El 15% de las cantidades satisfechas por el alquiler, con un máximo de 450€.

Por los gastos en intereses por la financiación ajena de la adquisición de primera vivienda habitual por menores de 40 años.

El total de las cantidades abonadas por intereses del crédito hipotecario vinculado a la adquisición de la vivienda, siempre que sea a interés variable con los siguientes límites:

  • 150€ si la base imponible general más la del ahorro no supera los 12.500€, o 25.000€ en declaración conjnuta.
  • 100€ si la base imponible general y del ahorro se encuentra entre 12.500,01 y 27.000,00 euros, entre 25.000,01 y 36.000,00 euros para declaración conjunta.

Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales

 Deducción del 15% de las cantidades que durante el período impositivo se satisfagan por el contribuyente por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual, la base máxima de la deducción es de 12.000€.

Por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad.

El 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda, con el límite de 450€.

Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años.

Deducción del 15 por cien de las cantidades satisfechas por el arrendamiento con el límite de 450€, el 20% con un máximo de 612 euros cuando la población tenga un máximo de 2.500 habitantes, o hasta 10.000 habitantes si se encuentra a una distancia mayor de 30 kilómetros de un municipio con población superior a 50.000 habitantes.

Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales

Deducción del 15% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda con el límite de 450€.

Por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas

Deducción del 15% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda con el límite de 450€.

Deducciones autonómicas en Castilla y León

Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes

El 20 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual en Castilla y León, con un límite de 459 euros. Del 25% con un máximo de 612 cuando la vivienda se encuentre en un municipio que no exceda de:

  • 10.000 habitantes, con carácter general.
  • 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia.

Por adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales.

Deducción del 15% por la adquisición de la vivienda, con un máximo de 9.040€ anuales.

Por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales.

El 15 por 100 de las cantidades invertidas en actuaciones de rehabilitación de viviendas. La base máxima de deducción se establece en 20.000€.

Por adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual.

El 7,5 por 100 de las cantidades satisfechas durante el ejercicio 2022 por la adquisición de la vivienda habitual. Base máxima 9040€.

Por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación a personas con discapacidad en vivienda habitual

El 15% de las inversiones realizadas en la rehabilitación de la vivienda. Base máxima 20.000€.

Deducciones autonómicas en Cataluña

Por rehabilitación de la vivienda habitual.

El 1,5% de las cantidades satisfechas, siendo la base máxima 9040€.

 Por alquiler de la vivienda habitual

El 10 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual con un máximo de 300€ anuales.

Tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual.

Con carácter general, del 7,5% si se cumplen los requisitos para aquellos a los que sea aplicable el régimen transitorio la deducción por inversión en vivienda habitual.El 15% si se trata de obras de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad. El 9% si:

  • A 31 de diciembre, es menor de 32 años.
  • Haber estado 183 días o más en el paro en el ejercicio.
  • Tener un grado de discapacidad superior al 65%.
  • Formar una unidad familiar con, al menos, un hijo a fecha de devengo del impuesto.

Deducciones autonómicas en Extremadura

Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales.

El 10% de las cantidades invertidas, con una base máxima de 9040€ anuales.

Por arrendamiento de vivienda habitual

El 5 por 100 de las cantidades satisfechas por el contribuyente en el período impositivo en concepto de alquiler de su vivienda habitual, con el límite de 300 euros anuales. El 10% con el límite de 1400€ si la vivienda está en el medio rural.

Por intereses de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes.

Deducción del 25% por los intereses satisfechos, con una base máxima de 1.000€ anuales.

Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo.

El 3% de las cantidades satisfechas para la adquisición de la vivienda, excluidos, los intereses. Del 5% si la vivienda está en un municipio con población inferior a 3.000 habitantes. Base máxima deducción 9040€.

Deducciones autonómicas en Galicia

Por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares.

Deducción del 15 por 100 de las cantidades totales invertidas, con una base máxima de la deducción de 9.000 euros por contribuyente y la totalidad de los honorarios para la obtención del certificado que justifique el salto de letra en la calificación energética del inmueble.

Por inversión en instalaciones de climatización y/o agua caliente sanitaria que empleen energías renovables en la vivienda habitual y destinadas exclusivamente al autoconsumo.

El 5% de las cantidades invertidas, con un máximo de 280€.

Por rehabilitación de bienes inmuebles situados en centros históricos.

El 15 por 100 de las cantidades invertidas en el ejercicio en la rehabilitación de inmuebles que sean propiedad del contribuyente situados en los centros históricos. El límite máximo de la deducción es de 9.000 euros.

Por adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo.

El 15 por 100 de las cantidades satisfechas en el ejercicio para la adquisición o rehabilitación de viviendas. Base máxima de 9.000€.

Por alquiler de la vivienda habitual

El 10 por 100 de las cantidades satisfechas durante el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual. Límite máximo 300€.

Si se tienen dos o más hijos menores de edad, el porcentaje anterior de deducción se eleva al 20 por 100, con un límite máximo de la deducción de 600 euros por contrato y año.

Las cuantías fijadas para esta deducción se duplicarán en caso de que el arrendatario tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Deducciones autonómicas en Comunidad de Madrid

Por arrendamiento de la vivienda habitual

El 30 por 100 de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda habitual en el período impositivo, con el límite máximo de 1.000€.

Deducciones autonómicas en Región de Murcia

Por inversiones en dispositivos domésticos de ahorro de agua

El 20 por 100 de las inversiones realizadas en dispositivos domésticos de ahorro de agua, el importe máximo de la deducción es de 60€.

Por inversión en vivienda habitual por jóvenes de edad igual o inferior a 35 años.

El 5 por 100 de las cantidades satisfechas en el ejercicio por la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda, con un límite máximo de 300 euros anuales.

Régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual.

Aplicable a los contribuyentes que aplicaron las deducciones autonómicas por adquisición de vivienda para jóvenes con residencia en la Comunidad Autónoma en la Región de Murcia.

Si practicaron  deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual establecidas para los ejercicios 1998, 1999 y 2000, la deducción será del:

  • 2% por 100 de las cantidades satisfecha siempre que, en el supuesto de adquisición, se trate de viviendas de nueva construcción.
  • El 3 por 100 de las cantidades satisfechas siempre que, en el supuesto de adquisición, se trate de viviendas de nueva construcción y la base imponible general menos el mínimo personal y familiar del contribuyente, sea inferior a 24.200 euros, siempre que la base imponible del ahorro, no supere los 1.800 euros.

Por inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables

El 10 por 100 de las inversiones realizadas en ejecución de proyectos de instalación de recursos energéticos procedentes de las fuentes de energía renovables siguientes: solar térmica y fotovoltaica y eólica con el límite de 1.000 euros anuales.

Por arrendamiento de vivienda habitual

El 10 por 100 de las cantidades no subvencionadas satisfechas en el ejercicio, en el período impositivo por alquiler de la vivienda habitual del contribuyente con un máximo de 300 euros anuales por contrato.

Deducciones autonómicas en La Rioja

Por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años

El 15 por 100 de las cantidades satisfechas en el ejercicio por la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda habitual. La base máxima anual de esta deducción será de 9.000 euros.

Por cantidades invertidas en adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes.

Con carácter general, el 3 % de las cantidades satisfechas. 5% en caso de que la base sometida a tributación no exceda de los 18030 euros anuales (30.050 en declaración conjunta).

Por obras de adecuación de vivienda habitual en La Rioja para personas con discapacidad

El 15 por 100 de las cantidades satisfechas en obras de adecuación de la vivienda habitual. Límite en la base de la deducción es de 9.040€.

Por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación de la vivienda habitual

Con carácter general, el 5%. 7% cuando la base general del contribuyente no supere 18.030€ (30.0505 en declaración conjunta). Base máxima de la deducción 9.040€.

Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años

Deducción del 10% de las cantidades satisfechas por el alquiler con un máximo de 300 euros anuales. El 20% si se trata de pequeños municipios, con un máximo de 400 euros.

Por la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios de La Rioja.

Deducción del 5% por las cantidades satisfechas, con el límite máximo de 452€.

Por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural.

El 8 por 100 de las cantidades invertidas en la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de una única segunda vivienda en el medio rural, siempre que dicha vivienda se encuentre en un municipio distinto al de su vivienda habitual.

El límite máximo de deducción aplicable es de 450,76 euros anuales.

Deducciones autonómicas en Comunidad Valenciana

Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015.

Deducción del 10% del importe invertido en 2014, y del 25% por obras realizadas en el 2015.

Por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, procedentes de ayudas públicas.

Deducción de 112 euros por contribuyente por las cantidades procedentes de una subvención a tal fin concedida por la Generalitat, o la cantidad que resulte de aplicar el tipo medio de gravamen general autonómico sobre la cuantía de la ayuda pública.

Por arrendamiento de la vivienda habitual

El 20 por 100, con el límite de 800 euros., o el 25 por 100 con el límite de 950 euros si el arrendatario reúne una de las siguientes condiciones:

  • Menor de 35 años.
  • Grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Tener la consideración de víctima de género.

En caso de reunir 2 o más requisitos, la deducción será del 30% con el límite de 1.100€.

Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual, efectuadas en el período.

La deducción será del 20% de la inversión realizada en el 2022. En el caso que la obra realizada tenga por objeto mejorar la accesibilidad de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, la deducción ascenderá al 50%.

Por obtención de rentas derivadas de arrendamientos de vivienda, cuya renta no supere el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunitat Valenciana (deducción del arrendador)

Deducción del 5% de los rendimientos íntegros. La base máxima anual de esta deducción se establece en 3.300 euros.

Por arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio.

Deducción del 10% del alquiler, como consecuencia de la realización de una actividad por cuenta propia o ajena, en municipio distinto de aquel en el que el contribuyente residía con anterioridad. El importe máximo de la deducción será de 224 euros.

Por el incremento de los costes de la financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual.

El 50 % de la diferencia positiva entre las cantidades abonadas en 2022 y las satisfechas en 2021, siempre que no hubieran aplicado la deducción estatal por inversión en vivienda habitual. El importe máximo anual de la deducción será de 100 euros.

Por adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad

Deducción del 5% de la cantidad invertida, excluidos intereses.

Por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o destinadas al aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables en las viviendas de la Comunitat Valenciana, así como por la cuota de participación en inversiones en instalaciones colectivas donde se ubicasen las viviendas.

Deducción del 40% del importe de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en la vivienda habitual. Del 20% si se trata de segundas viviendas. La base máxima anual de esta deducción se establece en 8.800 euros para cada vivienda y ejercicio.

Por primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años.

Deducción del 5% de la cantidad invertida, excluidos los intereses.

Conclusiones

Como vemos, cada Comunidad Autónoma regula sus propias deducciones, por lo que será indispensable ser conocedor de ellas para poder beneficiarse de las mismas.

Por último, conviene recordar que las deducciones autonómicas están supeditada al cumplimiento de una serie de requisitos por parte de los contribuyentes, por lo que debemos acudir a la página web de Hacienda para poder comprobarlos.

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

ARTÍCULOS RELACIONADOS