La reducción del tipo impositivo en el IRFP, la supresión de los coeficientes de abatimiento y corrección monetaria, planes de pensiones, autónomos etc., son las claves de la reforma fiscal que más tiempo nos ha ocupado debido, en cierto modo, a su carácter mediático
En la tribuna de hoy queremos comentar el efecto que tendrá la reforma fiscal sobre algunas operaciones relacionadas con acciones y dividendos, resaltando la conveniencia de su ejecución, según en qué período se realicen.
Distribución de dividendos
Se elimina la exención de 1.500 euros por la obtención de dividendos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como rendimiento de capital mobiliario. La planificación fiscal a estos efectos, no depende del contribuyente en sí, si no de la sociedad que reparte, ya que la tributación o no de dichos dividendos no afecta a la misma.
En este sentido, los socios minoritarios, que ostentan a un porcentaje ínfimo en el capital social de la empresa, o bien socios de micropymes que no obtengan resultados muy elevados, van a querer que se repartan dividendos en el presente ejercicio, antes de que se elimine esta exención.
Por el contrario, si se ostenta a un porcentaje elevado de dividendos, 1.500 euros exentos no suponen mucho, y es preferible diferir este reparto a 2015 donde la bajada del tipo impositivo en el impuesto sobre sociedades, hará que la doble tributación que practican los socios, sea menor.
Como ya saben, en este país tenemos un gran problema de fondo. Los socios y accionistas de una sociedad, cuando perciben el rendimiento de su participación vía dividendos, están recibiendo un resultado neto de haber tributado previamente en el impuesto sobre sociedades, y a continuación en el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Tras la reforma fiscal, sigue sin resolverse.
Entrega de acciones
Sin la entrada en vigor de la reforma, la entrega de acciones a un trabajador como premio a su labor, está exenta de tributación hasta 12.000 euros. Con la reforma fiscal, dicha exención se elimina en la redacción inicial del proyecto de ley. No obstante, y tras el proceso parlamentario de enmiendas, estarán exentas con dicho límite siempre y cuando, la oferta de acciones se haga a todos los trabajadores de la empresa en las mismas condiciones.
Por lo tanto, si usted, como trabajador de una sociedad, está pensando en aceptar una oferta retributiva de acciones, hágalo ya, debido a que en 2015 probablemente no tenga ninguna exención fiscal.
Prima de emisión de acciones
Aquellos socios que posean acciones suscritas con prima de emisión (valor de misión mayor que valor nominal de cotización), y tengan en mente retirar su dinero de la sociedad, mejor que lo hagan en 2014, debido a que la prima de emisión que hasta ahora estaba exenta, tributará en 2015 tras la reforma fiscal.
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