Modificación de las subvenciones para garantizar la viabilidad de las entidades del Tercer Sector que sean colaboradoras de la Administración General del Estado.
El pasado viernes, 12 de julio, el Consejo de Ministros aprobó, a propuesta de la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, dos Reales Decretos por los que se establecen, respectivamente, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector y las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del IRPF, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
¿QUÉ ES EL LLAMADO “TERCER SECTOR”?
Existen tres sectores desde el punto de vista institucional:
- Primer Sector: Sector Público, en el que las actividades están reguladas por las administraciones públicas.
- Segundo Sector: las empresas o Sector Privado, en el que las actividades se desarrollan en el mercado y tienen como finalidad la búsqueda de beneficio o lucro.
- Tercer Sector: por eliminación, se incluirían aquellas actividades que no son ni del Estado ni del Mercado y, por tanto, entidades no gubernamentales y sin ánimo de lucro.
Por lo tanto, el Tercer Sector está compuesto por organizaciones de carácter privado surgidas de la iniciativa ciudadana o social, bajo diferentes modalidades, que responden a criterios de solidaridad, con fines de interés general y sin ánimo de lucro, que impulsan el reconocimiento y el ejercicio de los derechos sociales.
Según diferentes acepciones, para referirse al Tercer Sector o Sector no lucrativo podemos encontrarnos con diferentes denominaciones como “Entidades No Lucrativas” (ENL), “Organizaciones No Gubernamentales” (ONG), “Asociaciones de Voluntariado”, “Organizaciones de Solidaridad”, “Organizaciones Humanitarias”, etc.
SUBVENCIONES DE MANTENIMIENTO AL TERCER SECTOR:
Este tipo de subvenciones se modifican para reconocer a las organizaciones que componen el Tercer Sector de Acción Social (unas 29.000 en España) como entidades colaboradoras de la Administración General del Estado.
Esta nueva regulación va a garantizar el mantenimiento del régimen de ayudas a este tipo de entidades que tengan ámbito estatal y que desarrollan un papel fundamental de colaboración con los poderes públicos para atender situaciones de emergencia social.
Las ayudas se destinarán al mantenimiento, funcionamiento y equipamiento de las sedes centrales de las entidades y organizaciones beneficiarias.
SUBVENCIONES CON CARGO AL IRPF:
El segundo Real Decreto regula las convocatorias de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre el IRPF por parte de la Administración General del Estado, en sus ámbitos competenciales propios.
Es la llamada “X” en el Programa PADRE de la declaración de IRPF.
Se trata de reorientar la convocatoria de ayudas sociales con cargo al IRPF y las de régimen general, para orientarlas a quienes más lo necesitan.
Se dará prioridad a los proyectos sociales de ayuda a las familias con problemas económicos, especialmente a las que tienen hijos, para combatir la pobreza infantil |
¿QUIÉNES podrán solicitar este tipo de subvenciones?
A la convocatoria de este año podrán acceder las entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector colaboradoras con la Administración, además de las entidades sociales y organizaciones no gubernamentales ya previstas el año pasado.
¿CÓMO se repartirán las subvenciones?
En concreto, el sistema de distribución de las subvenciones con cargo al 0,7% del IRPF, que ya han cumplido 25 años de existencia, se sustituye por uno más flexible, eficiente y objetivo, basado en áreas de actuación, en lugar de en colectivos como hasta ahora (mayores, jóvenes, personas con discapacidad, etc.).
Según informa el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, por primera vez se incluye en la convocatoria de este año un programa independiente para dar respuesta a las situaciones de urgencia social con el objetivo de atender las necesidades básicas de las personas en situación de pobreza y vulnerabilidad social.
En la convocatoria de 2013 se distribuirán cerca de 211 millones de euros.
¿A QUIÉNES irán dirigidas estas ayudas?
La ministra ha anunciado que se van a priorizar los Programas de Urgencia Social, con los siguientes objetivos:
- Atender las necesidades básicas de personas en situación de pobreza.
- Apoyar a las familias con necesidades especiales de atención, en particular las que tengan menores, mayores o personas dependientes a su cargo.
- Ayudar a las familias a una adecuada nutrición de los hijos menores.
- Acciones dirigidas a adolescentes en riesgo de exclusión.
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