La Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes el sistema de autoliquidaciones rectificativas. Con estos modelos se pretende facilitar la acción de corregir omisiones o errores que se hayan detectado en las declaraciones de la renta ya presentadas de algunos impuestos.
Este Plan Estratégico de la Agencia Tributaria se irá aprobando en el periodo de 2024-2027. Su objetivo es reforzar la relación entre los contribuyentes y la Administración.
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¿Qué impuestos permiten presentar autoliquidaciones rectificativas?
Las autoliquidaciones rectificativas no están disponibles todavía para todos los impuestos. Esta implantación se irá realizando de manera progresiva conforme vayan siendo aprobados los distintos modelos de declaración.
Los cambios publicados en el Real Decreto 117/2024 de 30 de enero afectan a los reglamentos de impuestos como:
- Impuestos Sobre Sociedades.
- Impuestos sobre el Valor Añadido.
- Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
- Impuestos especiales como los tributos sobre la energía, el carbón y la fabricación.
- Gases fluorados de efecto invernadero.
Para facilitar los cálculos, la Agencia Tributaria va a poner a disposición unos programas de ayuda para el contribuyente. En ellos se pueden cargar los datos de la autoliquidación previamente presentada y modificar únicamente los datos que no sean correctos. Además de facilitar al ciudadano pautas para rectificar de manera correcta los errores cometidos.
¿Cuándo se deben de presentar las autoliquidaciones rectificativas?
Es conveniente presentar las autoliquidaciones rectificativas en el mismo momento en el que se encuentre algún error en la declaración original. No obstante, se tiene hasta cuatro años de plazo desde el momento en el que se presentó la autoliquidación original.
Normalmente, los errores que dan lugar a la presentación de estas autoliquidaciones son los debidos a fallos de cálculo en la base imponible. Aunque también puede ser debido a que se haya olvidado aplicar alguna bonificación o por una deducción mal aplicada.
La omisión de datos relevantes también es un motivo para presentar una autoliquidación rectificativa, ya que puede ser que se haya olvidado declarar algún ingreso.
Diferencia entre una autoliquidación rectificativa y una autoliquidación complementaria
Tomando como ejemplo el impuesto sobre el valor añadido (IVA), Hacienda considera que la diferencia entre ambas autoliquidaciones es por el tipo de error.
Se presenta una autoliquidación rectificativa cuando la cantidad ingresada ha sido mayor o la cantidad declarada es menor a la que correspondía abonar.
Sin embargo, si se ha ingresado menos o se ha declarado una cantidad mayor, se tiene que presentar una autoliquidación complementaria.
En el caso de que no haya finalizado el plazo de presentación de la declaración, a través de la autoliquidación rectificativa, se puede solicitar la compensación.
La solicitud de rectificación de la autoliquidación se usa cuando esta no afecta al resultado de la liquidación. Por ejemplo, cuando se trata de modificar el número de cuenta o alguna casilla informativa.
¿Cómo se presenta una autoliquidación rectificativa?
Antes de presentar la autoliquidación rectificativa es importante tener identificado el error que se quiere corregir de la autoliquidación original.
La corrección de ese error puede dar lugar a diferencias en la cuota ingresada en la Agencia Tributaria. Esta diferencia puede ser tanto para ingresar como para devolver, y este dato hay que tenerlo claro.
Para la presentación también hay que tener en cuenta el plazo, ya que un exceso en el tiempo permitido puede anular sobre la marcha este proceso.
Como último consejo a tener en cuenta, tanto en la autodeclaración normal como en la rectificativa, es la conservación de los documentos. Ante cualquier inspección o requerimiento nos pueden exigir que presentemos los documentos que justifiquen las acciones realizadas.
¿Qué ventajas presentan las autoliquidaciones rectificativas?
La Agencia Tributaria pretende facilitar los procesos de rectificación de los errores cometidos en las autoliquidaciones. Para ello, esta herramienta simplifica los trámites que antes había que realizar con declaraciones sustitutivas.
Además, acortan los plazos de resolución, haciendo más ágiles y efectivos estos trámites. Esto se refleja en una disminución de sanciones, ya que es el propio contribuyente, el que puede adelantarse a la administración en la resolución de algún error, evitando gastos indeseados.
En los casos en los que el sistema detecte riesgos más complejos, se podrá iniciar un procedimiento de comprobación. En este se investigará, mediante un control más exhaustivo, la autoliquidación rectificativa presentada.
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