Por fin se han aprobado los Presupuestos Generales del Estado. Efectivamente, el pasado miércoles 4 de julio, se publicaba en el BOE la Ley 6/2018 de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado.
En INEAF, te contamos los aspectos clave de dichos presupuestos en sus diferentes temáticas
PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO EN EL ÁMBITO FISCAL y TRIBUTARIO
Se tocan casi todos los impuestos del sistema tributario. Se prorroga durante otro año mas el Impuesto sobre el Patrimonio, se modifican las tarifas del IAE y se actualiza la transmisión y rehabilitación de grandezas y títulos nobiliarios al 1% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Veamos las modificaciones en los tres grandes impuestos
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Se aumenta la reducción por obtención del rendimiento del trabajo de manera que aquellos contribuyentes con RNT inferiores a 16.825 euros, siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas del trabajo superiores a 6.500 euros minoraran el RNT en 5.565 euros, si son menores a 13.115 euros. S obtienen RNT comprendidos entre 13.115 y 16.825, reducirán el resultado de la siguiente operación: 5.565 – (1,5*(RNT-13.115)).
- Se incrementa la deducción por maternidad en hasta 1.000 euros adicionales a los 1.200 anteriores, cuando el contribuyente hubiera satisfecho en el período impositivo, gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
- Se modifica también el porcentaje de la deducción por obtención de rentas en Ceuta y Melilla, elevándolo para que los residentes en dichas ciudades tributen menos.
- Se establece un mecanismo de deducción en cuota a favor de contribuyentes que tengan miembros de la unidad familiar residiendo en otro Estado miembro de la Unión Europea
- Se establece una exención progresiva en la tributación de determinados premios de lotería y apuestas. Se eleva el mínimo exento de 2.500 a 40.000 euros, cuando la cuantía del décimo, fracción o cupón de lotería, sea al menos 0,50 euros. En caso de que fuera inferior a 0,50 euros, los 40.000 euros se reducirán de forma proporcional.
- Se modifican los límites en la obligación de declarar de 12.000 euros a 14.000 euros cuando se obtengan rentas de varios pagadores superiores a 1.500 euros.
Impuesto sobre Sociedades
Se puede destacar, la salida de las entidades de capital-riesgo en la obligación de efectuar el pago fraccionado mínimo aplicable a las grandes empresas, la modificación de la reducción por cesión de determinados activos intangibles o la modificación de la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. Todas ellas de escasa relevancia en la vida cotidiana del contribuyente.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Finalmente, se reduce el tipo impositivo de las entradas de cine, que pasa del 21% al 10%. ¡Esperemos que reduzcan el precio de las entradas!.
Por otro lado, se establecen nuevas exenciones, que al igual que las modificaciones en el IS, tienen escasa redundancia en el contribuyente medio.
PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO EN EL ÁMBITO LABORAL
Se producen diversas modificaciones en el ámbito laboral. Entre otras:
- Incremento salarial del personal del sector público en un 1,5%.
- Se revalorizan las pensiones contributivas y clases pasivas del Estado en un 0,25%
- Se incrementan las pensiones mínimas contributivas en un 0,5% adicional al 0,25% anterior.
- Aumentan las cuotas mínimas de las pensiones de Clases Pasivas en un 2,75% adicional.
- Se establece una ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje del 80% del IPREM con una duración máxima de 18 meses ampliable a 36. La conversión de estos contratos a indefinidos, se bonificarán en 250 euros mensuales durante 3 años.
- El porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de viudedad a favor de pensionistas con 65 años o más que no perciban ningún tipo de prestación, será del 54%.
- Se suben las bases máximas y mínimas de cotización de autónomos:
- Base máxima: Incremento de 52,50€. Pasa a ser de 3.803,70€
- Base mínima: Incremento de 12,90€. Pasa a ser de 932,70€
- Se amplia el permiso de paternidad a 5 semanas.
- Se establece un subsidio extraordinario por desempleo durante un máximo de 180 días, que no podrá percibirse en más de una ocasión, y cuyo importe será del 80% del IPREM. Para poder optar al mismo se deberá haber agotado el subsidio ordinario por desempleo o ser parado de larga duración y haber extinguido la prestación o subsidio por desempleo, ayudas económicas vinculadas al RAI o plan PREPARA.
Estaremos atentos a la aplicación de los presupuestos generales del estado, y las repercusiones que tendrán
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