Llegada la finalización de un contrato de trabajo la persona trabajadora tiene derecho a percibir una indemnización. Además, si se extingue la relación laboral por voluntad del empresario la persona trabajadora tiene derecho a percibir una indemnización por despido.
Para calcular la indemnización por despido se deben tener en cuenta distintas variables: salario bruto, antigüedad, calificación o tipo de despido y la modalidad de contratación. Por ejemplo, no se percibe la misma cantidad en un despido objetivo o procedente que en un despido improcedente.
La fórmula para el cálculo de las indemnizaciones es la siguiente:
Indemnización = salario diario x nº de meses de indemnización x nº de días de indemnización/12 meses |
Si nos basamos en el criterio de consejo general del poder judicial
Cálculo del salario diario = Salario bruto anual/365
Número de meses de indemnización = El Tribunal Supremo ha interpretado el mandato legal de prorrateo en todo caso «por meses (y en ningún caso por días) los períodos de tiempo inferiores a un año».
Número de días de indemnización = Se determinará en función de la calificación del despido y de la fecha de contratación de la persona trabajadora.
En este artículo vamos a profundizar en los distintos tipos de despido y veremos un ejemplo práctico de cálculo de cada uno de ellos. En todos estos aspectos también profundizamos en el Master en Administración Laboral en la Empresa
Extinción de la relación laboral
El contrato de trabajo se puede extinguir expirado el tiempo convenido. A la finalización del contrato, excepto en los contratos formativos y el contrato de duración determinada por causa de sustitución, la persona trabajadora tiene derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 12 días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.
Despido objetivo o procedente
El despido objetivo se caracteriza porque no se basa en un incumplimiento del trabajador, sino de una serie de causas, de las que ni el trabajador ni la empresa son culpables.
El artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores enumeras las causas objetivas de extinción del contrato, son las que se enumeran a continuación:
- Despido objetivo por ineptitud del trabajador conocido o sobrevenida con posterioridad.
- Despido objetivo por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo.
- Despido objetivo por la concurrencia de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo.
- Despido objetivo por insuficiencia de dotaciones presupuestarias.
En estos supuestos la persona trabajadora tendrá derecho a percibir una indemnización de 20 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores al año. Con un máximo de doce mensualidades.
La indemnización será la misma en el supuesto de movilidad geográfica, notificada la decisión de traslado, la persona trabajadora tiene derecho a optar entre el traslado o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.
En el supuesto de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses
Ejemplo práctico de cálculo de indemnización por despido objetivo
Ángela tiene un contrato indefinido celebrado el 17/02/2017, el 15/11/2021 le extinguen su contrato por causas objetivas, declarándose al efecto procedente.
Su salario bruto anual es de 32.000 € anuales, distribuido en 12 pagas, tanto la nómina del último mes como las vacaciones correspondientes a 2021 han sido abonadas y disfrutadas.
1º.- Calcular el salario diario
Salario diario es 32.000 / 365 = 87,67 €/día
2º- Calcular el total de meses de indemnización
- Del 17/02/2017 al 31/01/2021: 4 años completos: 48 meses.
- Del 1/02/2021 al 15/11/2021: 10 meses.
3.- Cálculo de la indemnización, para calcular el total de la indemnización utilizaremos la siguiente fórmula:
FORMULA: salario diario x nº de meses x 20 días/12 meses
87,67 €/día x 58 meses x 1,66 (20 días/12 meses23*) = 8.474,76 €
Total indemnización: 8.474,76 €
Despido improcedente
Cuando un despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades. La opción por la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo.
La indemnización por despido improcedente de los contratos formalizados con anterioridad al 12 de febrero de 2012 se calculará a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior al 12 de febrero de 2012, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior, prorrateándose igualmente por meses los periodos de tiempo inferiores a un año. El importe de la indemnización no puede ser superior a 720 días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior al 12 de febrero de 2012 resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará este como importe indemnizatorio máximo, sin que dicho importe pueda ser superior a 42 mensualidades, en ningún caso.
Ejemplo práctico de cálculo de indemnización despido improcedente
Lucía tiene un contrato indefinido celebrado el 21/04/2010, el 7/01/2020 el trabajador solicita la extinción del contrato por voluntad propia ante el Juzgado de lo social por la modificación sustancial en las condiciones de trabajo que es declarado improcedente.
Su salario bruto anual es de 25.300 €, distribuido en 14 pagas. El trabajador ha cobrado todos sus salarios y ha disfrutado de vacaciones anuales.
1º.- Calcular el salario diario
Salario diario es 25.300 / 365 = 69,31 €/día
2º- Calcular el total de meses de indemnización
- Del 21/04/2010 al 11/02/2012= 23 Meses
- Del 12/02/2012 al 7/01/2020= 96 Meses (11 + 12x 7 + 1)
3.- Cálculo de la indemnización, para calcular el total de la indemnización utilizaremos la siguiente fórmula:
FORMULA: salario diario x nº de meses x nº de días de indemnización/12 meses
23 meses x 69,31 x 3,75 (45 días/12 meses) = 5.977,98 €
96 meses x 69,31 x 2,75 (33 días/12 meses) = 18.297,84 €
Total indemnización sería 5.977,98 € + 18.297,84 € = 24.275,82 €
Calculadora de indemnizaciones
El Consejo General del Poder Judicial ha elaborado una herramienta informática para facilitar el cálculo del importe de las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo, proporcionando seguridad jurídica. Puede acceder a esta herramienta pinchando en este enlace: https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Utilidades/Calculo-de-indemnizaciones-por-extincion-de-contrato-de-trabajo/
marzo 9th, 2022
Hola buenos días. No se si me pueden responder a una pregunta. Yo llevo trabajando en la empresa 15 años, durante los últimos 5 años me destinaron fuera de España con mi sueldo mas un tanto porciento más, aparte un dinero para la casa, seguro medico y de vida. Ahora me han traído a España con mi sueldo de España y es muy posible que me despidan después de trabajar 3 meses en España. Eso como se calcula? Con el sueldo de allí, con el de aquí o con una media de los últimos 12 meses? Un saludo y muchas gracias
marzo 14th, 2023
En el caso de reducción de jornada (jornada completa a media jornada) durante los dos últimos meses, ¿también sería el bruto anual entre 365? ¿O solo computaría el último contrato?
mayo 13th, 2023
Buenos días, poniendo los mismo datos que indican en el ejemplo del despido improcedente en su página (https://www.ineaf.es/tribuna/como-calcular-la-indemnizacion-por-despido/) si los introducimos en la calculadora del CGPJ da 23825,31 y no 24.275,82 €
junio 29th, 2023
BUENOS DÍAS LLEVO 27 años trabajando en la misma empresa y me ha despedios los mese de liquidacion lo tengo claro, ¿pero como lalculo el salario diario durante los 27 años? gracias un saludo