Como comentamos en el artículo Problemática contable del Confirming, el Confirming es un servicio ofrecido por entidades financieras que consiste en gestionar los pagos de una empresa a sus proveedores. Se trata de un servicio de gestión de pagos y no de un servicio de gestión de cobros.
En el Confirming van a intervenir tres figuras:
(1) Relación entre el cliente y el banco. El contrato del Confirming lo firman el cliente y su entidad financiera para que esta se encargue del pago de sus deudas. Su contabilización ya fue objeto de estudio en otro artículo.
(2) Relación entre el proveedor y el banco. La entidad financiera se va a poner en contacto con el Proveedor para realizarle el pago, ofreciéndole la posibilidad de adelantar el cobro. En este caso estamos ante una operación que se asemeja a la de descuento o Factoring.
En este caso nos centraremos en la contabilidad del proveedor, es decir, la persona que tiene derecho al cobro.
Partimos de que hemos vendido a un cliente unas mercaderías y lo hemos documentado en una factura a un plazo determinado. Poco después, el banco de nuestro cliente se pone en contacto con nosotros para ofrecernos distintas alternativas.
1. Cobro de la deuda en su plazo correspondiente
La entidad financiera se pone en contacto con nosotros (que somos los proveedores y por tanto los que debemos de cobrar la deuda) y nos da la opción de adelantarnos el pago con sus correspondientes gastos.
Decidimos no aceptar el adelanto, por lo que cobraremos sin más en su momento.
En este caso no será necesario realizar ningún apunte contable pues la deuda la tenemos contabilizada en nuestra cuenta de clientes y la dejaremos ahí hasta el momento en que cobremos, que la daremos de baja cargando en la cuenta de caja o banco según el caso.
2. Decidimos cobrar por anticipado
En este caso, la entidad financiera se ha puesto en contacto con nosotros y nos ha ofrecido adelantarnos el cobro, aceptando esta posibilidad. En este caso, la forma de actuar va a depender de a quien repercutirá la entidad financiera el impago en caso de que al llegar el vencimiento el cliente no lo haga. Nos encontramos pues con dos opciones:
2.a) Confirming sin recurso
En caso de impago por parte del cliente, la entidad financiera no nos repercute a nosotros las cantidades anticipadas, sino que lo hará contra su cliente.
En este caso, al estar ante una operación donde nos adelantan el cobro de un crédito, podemos asimilarlo a la operación de Factoring sin recurso.
1. Por la venta de mercaderías:
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(430) Cliente (700) Venta de Mercaderías
(477) H.P. IVA Repercutido
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2. Por la reclasificación de las cuentas:
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(4314) Cliente Confirming (430) Clientes
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El Plan General Contable no tiene prevista ninguna cuenta al respecto, por lo que no hacemos más que una mera reclasificación del crédito.
3. Por el cobro y el pago de gastos por la operación, entendiendo que no se nos repercutirá el posible impago:
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(572) Banco c/c (4314) Clientes Confirming
(669) Otros gastos financ.
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2.a) Confirming con recurso
En este caso, si se produce el impago, la entidad financiera nos repercute a nosotros las cantidades no pagadas. Esto nos recuerda al descuento financiero, ya que su tratamiento es muy similar pero sin necesidad de tener una póliza.
1. Por la venta de mercaderías:
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(430) Cliente (700) Venta de Mercaderías
(477) H.P. IVA Repercutido
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2. Por la cesión del cliente y cobrar por anticipado:
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(4314) Cliente Confirming (430) Clientes
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(57) Tesorería (5204) Deudas con entidades financieras Confirming
(669) Otros gastos financ.
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3. Al vencimiento en caso de que el cliente pague:
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(5204) Deudas con entid. (4314) Cliente Confirming
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En caso de impago la entidad financiera nos repercutirá la deuda, pasando la cuenta de cliente Confirming a dudoso cobro (dotando, o no, en su caso la correspondiente corrección valorativa). Deberemos abonar la deuda con sus intereses:
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(436) Cliente de dudoso cobro (4314) Cliente Confirming
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(5204) Deudas con entidades (572) Banco c/c
Financieras Confirming
(669) Otros gastos financ.
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