El Consejo de Ministros de 15 de marzo aprobó el Real Decreto-ley 5/2013 (publicado en BOE el 16 de marzo), en el cual se establece una mínima cotización de 35 años y 63 años y un mes para 2013, incrementándose de manera progresiva hasta los 65 años en 2027, para acceder a la jubilación voluntaria anticipada . Para la jubilación anticipada forzosa y jubilación parcial establece 33 años de cotización mínima y 61 años y un mes para el 2013, subiendo gradualmente cada año hasta alcanzar la edad de 63 años en 2027.
Otra novedad afecta a la percepción del subsidio del paro para los mayores de 55 años, teniéndose en cuenta los ingresos de toda la unidad familiar ( sumándose la de todos los miembros de la unidad familiar y dividiéndose entre el número de miembros, debiendo ser la cantidad resultante inferior el 75% del SMI, excluidas pagas extras) para poder recibir esta prestación.
Podemos resumir las principales medidas que se aplican con el Real Decreto – Ley 5/2013, en las siguientes:
- Adopción de manera conjunta medidas en el ámbito de la Seguridad Social y de las políticas de empleo para fomentar el envejecimiento activo.
- Fijación de criterios distintos de edad de acceso a la jubilación, en función de si es voluntaria o forzosa.
- Se aclara la figura de la jubilación parcial para evitar situaciones de fraude en la contratación del trabajador que releva al empleado pensionista.
- Todos los trabajadores podrán seguir trabajando y cobrar, a la vez, la mitad de su pensión.
- Se rediseñan las medidas para desincentivar los despidos colectivos de mayores de 50 años.
abril 4th, 2013
Se publica en el BOE de 4 de abril de 2013, la Corrección de errores y erratas del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
junio 13th, 2013
me parece muy interesante