Desde septiembre de 2022 la ley 18/2022 ofrece facilidades que ayudan a las empresas tanto en su constitución como en su crecimiento. Estas medidas están enfocadas a dotar de agilidad y flexibilidad las tesituras a las que se enfrentan las empresas a lo largo de su vida. La más llamativa es la de crear sociedades limitadas con un euro.
La nueva ley trata temas relacionados con la estructura de la empresa, su acceso a la actividad, intenta reducir la morosidad, introduce una plataforma de financiación participativa y otras modificaciones del sector capital riesgo.
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Se establece el importe de 1 € como capital social mínimo
Para una Sociedad Limitada esta será la cantidad mínima para registrar como capital social. Pero esto no varía el importe de 3.000€ que sigue siendo la cifra de responsabilidad social mínima para el socio.
Para no dejar desamparados a los acreedores, el legislador ha contemplado unas premisas a cumplir:
1.Se tiene que destinar a reservas legales un importe igual o mayor al 20% del beneficio hasta que la suma de esas reservas más el capital social sea de 3.000€
2.En la liquidación, ya sea voluntaria como forzosa, para cubrir las deudas sociales, los socios tienen que responder solidariamente por el importe correspondiente a la diferencia entre el capital suscrito y los 3.000€.
Esta nueva medida, afectaría de forma directa a lo que dice el artículo 363.1.e) LSC, donde se estable como causa de disolución de una empresa, las pérdidas que hagan que el patrimonio neto se menor a la mitad del capital social.
Pasos para constituir una sociedad limitada
Una vez que tenemos claro que solo necesitamos 1 € para aportar el capital mínimo, procederemos a realizar los pasos siguientes.
- Decidir el nombre que le vamos a poner a nuestra empresa. Necesitamos un “Certificado Negativo de Denominación Social”. Este lo emite el Registro Mercantil.
- Iremos al banco a depositar el capital social. Ahora podemos crear sociedades limitadas con 1€. La entidad financiera nos emitirá un certificado para poder presentarlo en la notaría en el momento de la constitución.
- La redacción de los estatutos de la empresa. La suele llevar a cabo un abogado con las indicaciones de los fundadores, recogen las normas y principios que debe de cumplir la sociedad.
- Ante notario se debe de firmar la constitución de la sociedad. En ese momento es necesario aportar los documentos gestionados como son los Estatutos de la sociedad, el certificado Negativo del Registro Mercantil y el de la Entidad Bancaria, el DNI original de los socios fundadores y la declaración de inversiones exteriores si el socio es extranjero.
- Junto con las escrituras, el DNI y el Modelo 036, se puede solicitar en Hacienda el Número de Identificación Fiscal Provisional (NIF).
- Con el mismo Modelo 036 daremos de alta la actividad de nuestra empresa en la Agencia Tributaria.
- A partir de la constitución de la empresa, contamos con dos meses para ir al Registro Mercantil de la provincia correspondiente al domicilio social e inscribir la sociedad. Para ello necesitaremos llevar la escritura pública de constitución, el NIF provisional y, si hemos pagado Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, tendremos que aportar su liquidación.
- Por último, solicitar el NIF definitivo a la Agencia Tributaria aportando el NIF provisional, una copia de las escrituras y fotocopia del DNI del representante legal de la sociedad.
Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE)
Ya sabemos todos los pasos, pero existe un sistema que permite hacer de forma telemática todos estos trámites.
El Ministerio de Industria ha diseñado esta plataforma denominada CIRCE. A través de ella se puede crear una empresa por internet rellenando el Documento Único Electrónico (DUE).
Este sistema tiene acuerdos con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, el Registro Mercantil, Notarias…De esta manera se simplifican las comunicaciones entre todos los organismos y administraciones que forman parte del proceso de constitución de una empresa.
A través de esta plataforma, también se pueden llevar a cabo el cese de los empresarios autónomos y de las Sociedades Limitadas.
¿Dónde puedo consultar datos fiables?
Pese a todas estas facilidades, la cifra de nuevas sociedades mercantiles creadas en diciembre de 2022, disminuyó en 1.62% en relación con la cifra del mismo mes del año 2021.
Aunque los datos para decidir si realmente se han creado más empresas depende de la fuente que tomemos:
- Directorio Central de Empresas (DIRCE), tiene en cuenta las empresas que se anotan en un censo.
- Ministerio de Trabajo, que se fija en las empresas inscritas en la Seguridad Social. Para ello hay que tener en cuenta que una misma sociedad puede tener varis cuentas de cotización.
- Los Registradores consideran que sus datos son los más precisos para contabilizar la cantidad de sociedades nuevas y las que han cerrado.
Como siempre, serán los políticos los que tomen una fuente u otra en función del dato que le interese aportar. Pero si a usted le interesa conocer la realidad, consulte estas tres fuentes, observe la economía real que ve a su alrededor y saque sus propias conclusiones.
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