Derechos de los interesados en el RGPD y la LOPD

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19/07/2021

La normativa de protección de datos permite a los interesados  ejercitar ante el responsable del tratamiento los derechos que les reconoce a los interesados el RGPD y la LOPD, estos son los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y no ser objeto de decisiones individualizadas.

Los derechos de los interesados están recogidos en el capítulo III del RGPD, en el artículo de hoy vamos a profundizar en cada uno de ellos.

Derecho de acceso

El derecho de acceso a los datos personales está regulado en el art. 15 del RGPD que prevé que el interesado tiene derecho a conocer si se están tratando o no sus datos personales y, en su caso, a la siguiente información:

  1. los fines del tratamiento.
  2. las categorías de datos personales de que se trate.
  3. los destinatarios o las categorías de destinatarios a los que se comunicaron o serán comunicados los datos personales, en particular destinatarios en terceros u organizaciones internacionales.
  4. el plazo previsto de conservación de los datos personales o, de no ser posible, los criterios utilizados para determinar este plazo.
  5. la existencia del derecho a solicitar del responsable la rectificación o supresión de datos personales o la limitación del tratamiento de datos personales relativos al interesado, o a oponerse a dicho tratamiento.
  6. el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.
  7. cuando los datos personales no se hayan obtenido del interesado, cualquier información disponible sobre su origen.
  8. la existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, así como la importancia y las consecuencias previstas de dicho tratamiento para el interesado.
  9. Cuando se transfieran datos personales a un tercer país o a una organización internacional, el interesado tendrá derecho a ser informado de las garantías adecuadas en las que se realiza la transferencia.

Teniendo en cuenta lo anterior, el responsable del tratamiento de datos deberá responder con una copia de los datos personales objeto de tratamiento.

Derecho de rectificación

En derecho de rectificación está regulado en el art. 16 del RGPD que prevé que el interesado tiene derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la rectificación de los datos personales inexactos que le conciernan.

Teniendo en cuenta los fines del tratamiento, el interesado tiene derecho a que se completen los datos personales que sean incompletos, inclusive mediante una declaración adicional.

Derecho de oposición

El derecho de oposición está regulado en el art. 21 del RGPD que prevé que el interesado tiene derecho a oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su situación particular, a que sus datos personales sean objeto de un tratamiento basado en una misión de interés público o en el interés legítimo y cuando el tratamiento tenga como finalidad la mercadotecnia directa, incluida la elaboración de perfiles.

En este caso, el responsable del tratamiento debe dejar de tratar los datos personales. Salvo que acredite motivos legítimos imperiosos para el tratamiento que prevalezcan sobre los intereses, los derechos y las libertades del interesado, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

Derecho de supresión (“al olvido”)

El derecho de supresión (el derecho al olvido) está regulado en el art. 17 del RGPD que prevé que el interesado tiene derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de sus datos personales, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  1. los datos personales ya no son necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados de otro modo.
  2. el interesado retire el consentimiento en que se basa el tratamiento y este no se base en otro fundamento jurídico.
  3. el interesado se oponga al tratamiento y no prevalezcan otros motivos legítimos para el tratamiento.
  4. los datos personales hayan sido tratados ilícitamente.
  5. los datos personales deban suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal establecida en el Derecho de la Unión o de los Estados Miembros.
  6. los datos personales se hayan obtenido en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la mencionados en el artículo 8, apartado 1 (condiciones aplicables al tratamiento de datos de los menores en relación con los servicios de la sociedad de la información).

El RGPD al regular este derecho lo conecta de cierta forma con el “derecho al olvido”, de manera que este derecho de supresión se amplía de tal forma que el responsable del tratamiento que haya hecho públicos datos personales está obligado a indicar a los responsables del tratamiento que estén tratando tales datos personales que supriman todo enlace a ellos, o las copias o réplicas de tales datos.

Derecho a la limitación del tratamiento

El derecho a la limitación del tratamiento está regulado en el art. 18 del RGPD que prevé que el interesado tiene derecho a obtener del responsable del tratamiento la limitación del tratamiento de los datos cuando se cumpla alguna de las condiciones siguientes:

  1. el interesado impugne la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de estos.
  2. el tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de los datos personales y solicite en su lugar la limitación de su uso.
  3. el responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  4. el interesado se haya opuesto al tratamiento, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los del interesado.

Derecho a la portabilidad

El derecho a la portabilidad de los datos está regulado en el art. 20 del RGPD. Este artículo prevé que el interesado tiene derecho a recibir los datos personales que le incumban y que haya facilitado a un responsable del tratamiento. Estos datos están en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica. También tiene derecho a transmitirlos a otro responsable del tratamiento sin que lo impida el responsable al que se los hubiera facilitado, cuando:

  1. el tratamiento esté basado en el consentimiento o en un contrato, y
  2. el tratamiento se efectúe por medios automatizados.

Los interesados pueden ejercer el derecho a la portabilidad de los datos. El interesado tendrá derecho a que los datos personales se transmitan directamente de responsable a responsable. Siempre y cuando sea técnicamente posible.

Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas

El derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas está regulado en el art. 22 del RGPD que prevé que todo interesado tiene derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos en él o le afecte significativamente de modo similar.

Este derecho no será aplicable cuando:

  1. es necesaria para la celebración o la ejecución de un contrato entre el interesado y un responsable del tratamiento;
  2. está autorizada por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento y que establezca asimismo medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos del interesado, o
  3. se basa en el consentimiento explícito del interesado.

El responsable del tratamiento debe adoptar las medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos del interesado, como mínimo el derecho a obtener intervención humana por parte del responsable, a expresar su punto de vista y a impugnar la decisión.

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