El Leasing o arrendamiento financiero permite a los empresarios, mediante el pago de una cuota mensual, disfrutar del bien y, en ocasiones, de servicios adicionales (relacionados con el bien alquilado). Al terminar el contrato, el cliente podrá comprar el bien.
El Renting o arrendamiento operativo permite a los clientes disfrutar del bien así como de diferentes servicios que garantizan el buen funcionamiento del mismo. En este caso, no existe la opción de compra al finalizar el contrato.
Como vemos, ambas figuras son similares, pero tienen importantes diferencias. La principal, es la posibilidad de compra o no del bien al finalizar el contrato, pero ¿qué otras diferencias encontramos?
- Público al que va destinado: El leasing va destinado únicamente a empresarios o profesionales, mientras que el renting puede ser contratado por cualquier persona.
- Duración del contrato: El contrato de renting no tiene un límite legal mínimo, mientras que en el leasing el contrato debe durar por lo menos dos años, si se trata de bienes mobiliarios y diez años para bienes inmobiliarios.
- Servicios prestados por las empresas arrendadoras: En el leasing el mantenimiento y servicios relacionados con el bien no tienen por qué estar incluidos en el contrato, sin embargo, estas prestaciones las encontraremos siempre en el renting.
- Registro contable: al ser figuras diferentes, se registrarán de manera desigual, el renting se tratará como un arrendamiento más, mientras que leasing dará lugar a más asientos. Veamos un ejemplo: el empresario A firma un contrato de leasing y uno de renting para disfrutar de un equipo laser de última generación, los asientos que se generarán son:
a) Por la formalización del contrato
Leasing
DEBE | HABER |
(213) Maquinaria | (524) Acreedores A.F, c/P(174) Acreedores A.F l/P |
Renting : No hay asiento contable
b) Por el pago de las cuotas
Leasing
DEBE |
HABER |
(524) Acreedores A.F c/p(662) Intereses de deudas |
(472) H.P IVA soportado
(572) Bancos
Renting
DEBE | HABER |
(621) Arrendamientos y cánones(472) H.P IVA soportado | (572) Bancos(4751) H.P Acreedora por retenc prácticadas |
c) Amortizaciones.
Leasing
La maquinaria se amortizara atendiendo a su vida útil
DEBE | HABER |
(681) Amortización del I. material | (281) amortización Acumulada del I. material |
Renting
No hay asiento, puesto que la maquinaria no figurará en la empresa.
d) Cambios de plazo
En los contratos de leasing, habrá de cambiar los plazos
DEBE | HABER |
(174) Acreedores de A. F. l/p | (524) Acreedores de A.F. c/p |
e) Al finalizar el contrato.
Leasing
Al finalizar el contrato podemos ejercitar la opción de compra. Si la ejercitamos pagaremos una cuota más. Si no la ejercitamos el asiento será:
DEBE | HABER |
(281) amortización acumulada(671) Pérdidas procedentes del I. Material | (213) maquinaria |
Renting
No se genera asiento contable.
Ventajas fiscales
En el leasing te puedes deducir fiscalmente las amortizaciones y los pagos de las cuotas pajo el concepto de intereses de deudas, en le renting solo te puedes deducir el pago de las cuotas.
Como hemos visto presentan importantes diferencias, dependiendo de los intereses del empresario será más ventajoso usar uno u otro.
Deja un comentario