El Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión del impuesto sobre depósitos de entidades de crédito en Cataluña, decretada en enero, cuando se admitió a trámite un recurso de inconstitucionalidad del Gobierno, por lo que por fin el gobierno autonómico podrá gravar los depósitos bancarios. Con este impuesto el Govern espera recaudar 500 millones de euros.
El Gobierno aprobó en diciembre del año pasado un impuesto estatal sobre los depósitos de los bancos, con un tipo de gravamen cero; una estrategia con la que esperaba anular los tributos similares aplicados por las comunidades de Extremadura, Andalucía o Canarias, y evitar que otras autonomías pudieran crearlos, basándose en que estos entes territoriales no pueden imponer tributos “sobre hechos imponibles gravados por el Estado”, tal y como se recoge en la Ley de Financiación Autonómica.
La Generalitat de Cataluña no aceptó esta limitación y en el mes de Diciembre aprobó un Decreto-ley para la creación de un “impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito”.
Para asegurarse de su aplicación lo aprobó de forma retroactiva: desde el 30 de noviembre. Con esto intentaba salvar la maniobra impuesta por el Gobierno.
Se trata de un tributo propio que grava los depósitos efectuados por los clientes a las entidades de crédito, “por cualquier negocio y variedad jurídica, siempre que comporten la obligación de restitución”.
Además, se imponían sanciones a la fuga de capitales para evitar la marcha de ahorradores fuera de su comunidad, y se aplicaría a los depósitos a la vista y a los depósitos a plazo captados en Cataluña por entidades financieras cuya sede está en la comunidad o tienen oficinas en este territorio.
El 15 de enero el Tribunal Constitucional (TC) suspendió la aplicación del impuesto a los depósitos bancarios aprobado en Cataluña, admitiendo a trámite el recurso interpuesto por el Partido Popular.
Pero el pasado día 21 de mayo el TC en pleno decidió levantar la suspensión cautelar del impuesto sobre los depósitos en un auto de 15 páginas. Esta resolución se fundamenta en la aceptación de las alegaciones de la Generalitat, al considerarlo imprescindible para solventar sus problemas de financiación e intentar reducir el déficit y la deuda pública. El tribunal, por su parte, considera como no probados los problemas que aduce el gobierno -los que plantearía a familias y empresas este gravamen-, además de que “no puede prevalecer sobre los que sufrirían los intereses generales de la comunidad autónoma si la suspensión se mantuviese”.
Este es solo un episodio más, pero no el último, ya que el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro ya ha anunciado su intención de activar una tasa sobre los depósitos del 0,02% a nivel estatal. Cuando ello suceda, la Generalitat no podrá recaudar su impuesto.
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