¿En qué casos se deniega la custodia compartida?

en qué casos se deniega la custodia compartida

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4/11/2022

¿Quieres saber en qué casos se deniega la custodia compartida? ¡Te lo contamos en este artículo! Pero antes de adentrarnos en responder esta pregunta, debemos saber que la custodia compartida es un tipo de custodia por la cual ambos progenitores conviven y se ocupan de los hijos/as en común, de manera equitativa.

¡Empezamos!

¿Quién decide sobre la custodia? Regulación normativa

Es el Juez o Jueza es quien decide sobre la custodia de los hijos en común ante una separación o divorcio. Sin embargo, los progenitores también podrán acordar en convenio regulador el ejercicio compartido de la guardia y custodia de los hijos.

Tal y como dicta el artículo 92.2 del Código Civil, se establece que el juez velará por el cumplimiento del derecho de los menores a ser oídos y en su resolución se motivará el interés superior del menor sobre la cuestión.

Por ello, en el caso en el que el juez decida, o si los progenitores lo solicitan por mutuo acuerdo, el juez igualmente recabará información del Ministerio Fiscal. Además, oirá a los menores cuando tengan suficiente juicio, valorará las alegaciones de las partes, pruebas practicadas y valorará las relaciones que los padres mantengan con los hijos para determinar el régimen de guarda que se considere como el más idóneo.

Además, aunque no se establezca el acuerdo de los progenitores para solicitar la custodia compartida, el Juez, a instancia de una de las partes, con informe del Ministerio Fiscal, podrá acordar la guarda y custodia compartida. Así, la deberá fundamentar en que, solo de esta forma, se protege adecuadamente el interés superior del menor, como así lo indica el artículo 92.8 del Código Civil.

¿Cuándo se deniega la custodia compartida?

Existen distintos motivos por los que se puede denegar la custodia compartida y establecer la custodia a uno de los dos progenitores. Principalmente, en el artículo 92.7 del Código Civil, se expresan los supuestos más importantes por los que un juez deniegue la custodia compartida.

En este sentido, se establece que se denegará la guarda conjunta cuando uno de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por intentar atentar contra la vida o integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos/as convivientes.

Tampoco será posible establecer una custodia compartida cuando el juez dilucide cualquier indicio existente fundado en la violencia domestica o de género. Asimismo, se tendrá también en cuenta para esta decisión, la existencia de maltrato animal o amenaza de causarlo, para controlar o victimizar al otro cónyuge o a los hijos.

Otros motivos por los que se deniega la custodia compartida

A continuación, se van a desarrollar los motivos más usuales por los que se deniega dicha custodia compartida, además de los principales que ya se han comentado anteriormente. Aunque hay que tener en cuenta, que dependerá de cada caso concreto.

Horarios incompatibles con el cuidado de los hijos

Cuando los progenitores o uno de ellos tienen un horario laboral muy extenso o turnos rotativos con falta de previsión para la organización, o incluyan viajes a menudo entre semana manteniéndose fuera del domicilio, no podrá ocuparse como es conveniente de los menores.

En estos casos, dichos progenitores suelen apoyarse en terceras personas, como abuelos o personas de confianza, pero en esta situación, el juez no suele establecer la custodia compartida o dársela al progenitor que en la práctica no puede ocuparse de un cuidado diario de sus hijos.

Demasiada distancia entre los domicilios de los progenitores

Se parte de la base de que los hijos tengan un entorno cercano al centro escolar o lugares donde llevan a cabo el resto de sus actividades cotidianas.

Si tras la separación o el divorcio, los progenitores tienen domicilios muy distantes, podrá ser un motivo para que el juez no decida establecer la custodia compartida.

Además, depende del tiempo de un domicilio a otro, la zona geográfica y la facilidad o no para los transportes y comunicaciones.

Hijos menores de dos años y lactantes

En este supuesto, no suele establecerse la custodia compartida, a menos que ambos progenitores lo deseen de mutuo acuerdo y el juez considere que es lo más apropiado en base al interés superior del menor.

A partir de los dos años de edad es cuando comienza a establecerse la custodia compartida, ya que los menores comienzan a ser más autónomos para su alimentación.

En los casos en los que se establece la guarda compartida con hijos bebés, se va incrementando progresivamente el tiempo con el padre para ir afianzando los vínculos hasta lograr un tiempo equitativo.

Estilo de vida inapropiado de uno de los progenitores

Se trata de una de las razones más comunes por las que se deniega la custodia compartida. En caso de que uno de los progenitores sea adicto, -o haya sospechas-, al consumo de alcohol o drogas, no ostentará la custodia de los hijos.

Falta de implicación en el cuidado de los hijos o hijas

En numerosas ocasiones, sobre todo en el último tiempo, se da la situación de que uno de los progenitores, que no se ha ocupado de los menores, ni siquiera en la convivencia de la familia previa al divorcio o separación, decide solicitar la custodia compartida.

Suele solicitarse (en estos casos), para evitar el pago de la pensión de alimentos, aunque no exista un interés real para la atención y cuidado de los hijos. Para ello, será el progenitor que se haya ocupado de los hijos, quien tenga que probar la falta de atención del otro progenitor.

Atención a personas con necesidades especiales

Existen supuestos en los que los hijos tienen necesidades especiales que deben ser tenidas en cuenta para establecer o no la custodia compartida.

Estos menores suelen necesitar una mayor estabilidad y rutina muy marcada. Por ello, el cambio de domicilio semanal o quincenal, no sería apropiado.

Valorar cada caso concreto

Como he comentado anteriormente, aquí he ido tratando las causas o motivos más comunes por los que los jueces suelen denegar la custodia compartida. ¡Además de los expresamente establecidos en la Ley! Pero dependerá del estudio concreto de cada uno de los casos, para tomar una decisión apropiada en base al interés superior del menor.

Si necesitas ayuda, deberías contactar con un abogado de divorcio profesional.

Comentarios

  • Rubén (#)
    mayo 31st, 2023

    Hola buenas noches quería saber si existe obligación de seguir pasando pensión de alimentos en caso de custodia compartida y no se recoja nada en el convenio regulador de fecha fin de pensión de alimentos

    • Alba Megías (#)
      junio 14th, 2023

      Buenas Rubén, respecto a su duda, comentarle que depende del supuesto concreto. Para responderle de manera concisa tendría que conocer el caso al completo.

      Por otra parte, en distintas Sentencias del Tribunal Supremo, se establece que en caso de guarda y custodia compartida, no se exime del pago de alimentos, cuando exista desproporción entre los ingresos de ambos progenitores, ya que la cuantía de los alimentos será proporcional a las necesidades del que los recibe, pero también al caudal o medios de quien los da.

      En base a esto, no se sabe lo que se entiende por desproporción, ya que no se fija por ley ni por el TS, así que dependiendo de los criterios que exista en la provincia donde se lleve a cabo el juicio, pueden variar.

      Un saludo.

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