Finaliza el año y como cada ejercicio económico hemos de proceder a la realización del cierre del ejercicio contable. Este procedimiento automático que realizamos utilizando las herramientas informáticas de que disponemos nos presenta tres asientos:
- Regularización de los grupos de ingresos y gastos del ejercicio (grupos 6 y 7) con destino a la cuenta (129).
- Regularización de los grupos de ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto (grupos 8 y 9) con destino al subgrupo 13.
- Cierre contable del resto de las cuentas con saldo a esa fecha.
Pues bien, independientemente de la complejidad para cada empresas y de la diversidad de posibilidades que podemos encontrar, podemos generalizar que antes de proceder a “pulsar el botón” del cierre, hay una serie de aspectos que no debemos olvidar y que sin ánimo de desarrollar ahora, vamos a enumerar para tenerlos en cuenta.
Es recomendable para un fácil seguimiento, imprimir un Balance de Sumas y Saldos de nuestras cuentas y revisar los siguientes aspectos:
Tesorería
Debemos realizar el arqueo de caja, la conciliación bancaria y contabilizar los posibles descubiertos que tengamos.
Moneda extranjera (Norma 11ª de Valoración)
Atendiendo a la norma 11ª de valoración, valoraremos:
- Las partidas monetarias al tipo de cambio de cierre llevando las diferencias producidas a pérdidas y ganancias.
- Las partidas no monetarias valoradas a coste histórico, se valorarán aplicando el tipo de cambio de la fecha de la transacción.
- Las partidas no monetarias valoradas a valor razonable se valorarán aplicando el tipo de cambio de la fecha de determinación de valor razonable, llevando la diferencia atendiendo al tipo de partida o bien a pérdidas y ganancias o bien al patrimonio neto.
Existencias (Norma 10ª de Valoración)
Debemos de contabilizar:
- Los posibles Rappels que tengamos a la fecha de cierre.
- Hacer el ajuste final de las existencias.
- Considerar o no los posibles deterioros.
Inmovilizado Material (Normas 2ª y 3ª de Valoración)
- Revisar su clasificación correcta en los grupos 21, 22 ó 58 del PGC.
- Activar los gastos en aquellos inmovilizados que aun no estén en condiciones de funcionamiento.
- Dar de baja del inmovilizado en curso aquel que ya no lo esté.
- Realizar las convenientes correcciones valorativas por amortizaciones o deterioros.
- Actuar de igual forma, atendiendo a la norma 4ª de valoración con las inversiones inmobiliarias.
Inmovilizado Intangible (Normas 5ª y 6ª de Valoración)
Además de contabilizar las correcciones valorativas para atender a la valoración posterior de los mismos, prestar especial atención a los Gastos de investigación y desarrollo y al Fondo de Comercio.
Periodificación e Imputación
Atendiendo al principio del devengo debemos:
- Periodificar aquellos gastos o ingresos que ya están contabilizados y al menos parte de ellos, corresponden a ejercicios siguientes con cargo o abono a los subgrupos (48) y (56).
- Imputar aquellos gastos e ingresos que no estando contabilizados, corresponden al ejercicio que estamos cerrando.
- Observar si tenemos “viva” del ejercicio anterior alguna cuenta de ajuste por Periodificación (48) ó (56) y deberíamos haber cerrado en este ejercicio.
Subvenciones, donaciones y legados (Norma 18ª de Valoración)
Atendiendo a los criterios de valoración de la norma, trasferir al resultado del ejercicio, la parte de la subvención, donación o legado que tengamos en el neto de la sociedad.
Inversiones Financieras (Norma 9ª de Valoración)
Reflejar su valor atendiendo a la “valoración posterior” de la norma, según sea su tipo a coste amortizado atendiendo al tipo de interés efectivo o por su valor razonable.
Operaciones de arrendamiento (Norma 8ª de valoración)
En las operaciones de arrendamiento financiero, amortizar el bien objeto de la operación atendiendo a su vida útil, cambiar los plazos de aquellas deudas de largo plazo cuyo vencimiento ya sea inferior al año.
Provisiones y contingencia (Norma 15ª de Valoración)
Corregir el valor de las mismas con:
- Cuentas financieras si se trata de actualizar su valor.
- O con cargo a las cuentas con que se dotaron si se trata de ajustar su valor por condiciones no previstas inicialmente.
Impuesto de sociedades (Norma 13ª de Valoración)
Contabilizar el impuesto de sociedades corriente y diferido.
IVA (Norma 12ª de Valoración)
Liquidar el IVA del último trimestre.
Revisar cuentas
Revisar cuentas deudoras y acreedoras con Hacienda, con la Seguridad Social, efectos impagados, devueltos, cambiar plazos,…
Deja un comentario