La mediación y el registro de mediadores del ministerio de justicia

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Entendemos por mediación al proceso de comunicación en el cual las partes en un conflicto se comunican a través de la figura de un tercero imparcial (mediador) con el fin de poder llegar, por ellas mismas, a establecer un acuerdo que permita poner fin al conflicto. La característica fundamental de la mediación es que el mediador no propone, ni aconseja ni decide, sino que se limitará a dotar a las partes de mecanismos de acercamiento y diálogo para que las mismas puedan lograr sus propias soluciones.

Tal y como establece la Ley 5/2012, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, en su Artículo 11, para ejercer como mediador se deben reunir una serie de requisitos, entre los que mencionamos:

  • Estar en posesión de título oficial universitario o de formación profesional superior y contar, además, con formación específica para ejercer la mediación a través de uno o varios cursos específicos, de instituciones debidamente acreditadas.
  • Suscribir seguro o garantía suficiente que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuaciónmediación - INEAF

Ante la ambigüedad de la redacción del texto legal, la pregunta, entonces, surge rápidamente “Tengo mi Título Universitario o de Formación Superior pero… ¿cuál es esa formación específica? ¿Cuánto debe durar? ¿Cómo se acredita?

A esta pregunta viene a dar respuesta el Artículo 5 del RD 980/2013, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, estableciendo que “la duración mínima de la formación específica del mediador será de 100 horas de docencia efectiva”, contando, al menos, con 35 horas de formación práctica.

A partir de este año 2014, el Ministerio de Justicia, en virtud del RD 980/2013, crea el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, con la finalidad de facilitar el acceso a los ciudadanos a este medio de solución de controversias, a través de la publicidad de los mediadores profesionales y las instituciones de mediación para todo el territorio nacional.

Para poder ingresar en este registro como mediador es necesario cumplir con los requisitos expuestos anteriormente (Titulación Universitaria y Formación Específica).

En INEAF, contamos con este tipo de formación en el ámbito civil, mercantil, laboral y penal. Con nuestros cursos y másteres en mediación en cualquiera de estos ámbitos estarás plenamente acreditado para la inscripción como mediador/a en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.

Algunas Comunidades Autónomas (por ejemplo, Andalucía) han creado sus propios registros de Mediadores Familiares para cuyo ingreso se solicita una formación específica. Para ello, habrá que acudir a la normativa partiucular de cada Comunidad Autónoma en lo referente a los requisitos de la formación que acredite la inscripción como mediador en estos registros autonómicos.

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