La potestad discrecional se trata de un concepto con mucha relevancia en la rama del Derecho Administrativo. Es necesario determinarla claramente, puesto que se puede llegar a confundir con otros conceptos.
¡Te lo contamos todo en esta Tribuna!
Qué es la potestad discrecional
Esta hace referencia a los límites de actuación por parte de la Administración Pública. Dentro de los cuales se debe mover para que tome las decisiones oportunas en los casos en los que esta potestad no venga definida claramente por la ley.
Serán potestades discrecionales aquellas que permiten a los órganos competentes elegir entre varias opciones admisibles. Siempre que estas no incurran en arbitrariedad y se dirija al cumplimiento de un fin regulado en la norma que lo fundamente.
Implicaciones de la potestad discrecional
Como hemos dicho, la Administración Pública tiene esta facultad para elegir entre dos o más soluciones, válidas y legítimas. Pero, es imprescindible que esta decisión sea fundamentada y razonada.
Las reglas por las que se rige la potestad discrecional son:
- El resultado no está determinado en la ley.
- Se puede elegir entre varias soluciones válidas y justas.
- Las decisiones no podrán ser arbitrarias.
- Necesidad de motivación de la decisión. Se analizará el caso adecuadamente por parte de la Administración y se tomará la decisión teniendo en cuenta las características y circunstancias del caso concreto.
Control de la potestad administrativa
En el caso de la Administración Pública, no tiene libertad para decidir de manera plena e ilimitada, por lo que es conveniente establecer unos límites. Estos están regulados en el artículo 106 de la Constitución Española, y serán los siguientes:
- Los tribunales se encargarán de controlar esta potestad.
- La actuación de la Administración debe cumplir los principios de legalidad.
- También deberá estar justificada siendo consecuente con el fin que persigue y que la fundamente.
Al fin y al cabo, la potestad discrecional se permitirá siempre que no se vulnere el principio de legalidad, o sea, siempre respetando los límites generales que el Ordenamiento Jurídico impone a la actuación de la Administración Pública. Estos límites tendrán que ver con:
- La competencia del órgano en cuestión,
- El procedimiento adecuado que se ha de seguir para tomar la decisión o,
- El respeto a los principios generales del Derecho.
Técnicas de control de la potestad discrecional
Las técnicas de control de la potestad discrecional estarán relacionadas con los elementos reglados. Es decir, con las cuestiones que el Ordenamiento Jurídico regula respecto la Administración Pública y que se tienen que cumplir.
La revisión jurisdiccional de los actos discrecionales vendrá impuesta por el principio según el cual la potestad de la Administración no es omnímoda. Si no, que, por el contrario, está condicionada en todo momento por la norma general del cumplimiento de los fines, al servicio del bien común y del ordenamiento jurídico.
Por ello, el enjuiciamiento de los actos discrecionales no puede pararse en cuestiones relacionadas con la competencia y procedimiento, puesto que tiene que entrar en el fondo. Introduciéndose de esta manera en la forma de ejercitar la discrecionalidad, mediante el control de los hechos, su uso proporcional y racional.
El control será ejercido sobre:
- Elementos reglados del acto discrecional: es primordial observar las normas jurídicas que regulan aspectos anteriores.
- Hechos determinantes: analizando la veracidad de los hechos y asegurando que la decisión es coherente y lógica. De lo contrario la decisión infringirá el Ordenamiento Jurídico, principalmente el principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (artículo 9.3 Constitución Española).
- Principios Generales del Derecho: según el art. 4 del Código Civil, los Principios Generales del Derecho se aplicarán en el caso de no existir norma jurídica aplicable o costumbre. En concreto, este control consiste en que jueces y tribunales sustituyen el criterio de la Administración Pública, por lo que dictan los principios generales del derecho, para que se pueda determinar si la decisión es subjetiva o no.
En definitiva, el Derecho Administrativo está repleto de conceptos abstractos y de gran complejidad, pudiendo ser difícil su entendimiento y explicación.
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Bibliografía
- Consejo General del Poder Judicial – CENDOJ . https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp
- Diccionario Jurídico. https://dpej.rae.es/
- Acal. https://www.acalsl.com/blog/2021/04/discrecionalidad-administrativa-que-es
- Glosario Jurídico INEAF. https://www.ineaf.es/glosario-juridico
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