Comentábamos en días anteriores, sobre el anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuestiones relativas a los procuradores. Hoy entraremos a analizar otro aspecto, también fundamental, de esta reforma: las reformas que plantea po la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de Junio de 2012, en el asunto C-618 Banco Español de Crédito (Banesto).
La primera sentencia respecto a este asunto, resuelta el pasado 9 de mayo, será objeto de análisis en próximas publicaciones.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tras el examen de la regulación del proceso monitorio en España, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores, declaró que la normativa española en este aspecto no es acorde con el Derecho de la Unión Europea en materia de protección a consumidores. Esto se debía a que “no permite que el Juez que conoce de una demanda en un proceso monitorio, aun cuando disponga de los elementos necesarios al efecto, examine de oficio –en cualquier fase del procedimiento- el carácter abusivo de una cláusula sobre intereses de demora contenida en un proceso celebrado entre un profesional y un consumidor, cuando este último no haya formulado oposición”.
Por esta razón, se incluye un nuevo apartado 4 en el artículo 815 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; un trámite que permitirá al Secretario Judicial, en la admisión de los procesos monitorios que se dirijan contra consumidores, controlar la posible existencia de cláusulas abusivas, a fin de dar cuenta al Juez para que, previa audiencia de las partes, resuelva lo procedente, tal y como exige la normativa europea.
En nuestro ordenamiento jurídico existen algunas leyes que constituyen el pilar fundamental del sistema judicial español. Una de estas leyes es la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre la que acabamos de hablar.
Algunas de estas modificaciones las hemos descrito aquí pero son muchas más las que se pretenden.
Es de vital importancia actualizar el sistema judicial para adaptarlo a las nuevas necesidades y los cambios de la sociedad; sin embargo, una modificación tan profunda de esta y otras leyes en conjunto, provocará, seguro, un estancamiento temporal de todos los profesionales que, desde diferentes lugares, están dedicados al entorno legal, pues ahora serán ellos los que deban actualizar todo su trabajo a las profundas modificaciones introducidas desde el Ejecutivo.
Autor imagen: Nacho. Licencia CC (by-nc-nd)
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