Conoce la Ley orgánica de Salud Sexual y Reproductiva

LEY ORGÁNICA DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA

El Gobierno ha impulsado una reforma de la Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva.

Se ha aprobado el anteproyecto de ley de reforma de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, comúnmente llamada como ley del aborto. Se afirma que esta nueva norma tendrá su base en esta ley de 2010, la cual construyó unos cimientos sólidos en cuanto a derechos sexuales y reproductivos.

La intención actual es ampliar y garantizar los derechos eliminando algunos obstáculos que consideran existente para poder ejercer el derecho  a la interrupción voluntaria del embarazo.

Se defiende una necesidad para los niños adolescentes y jóvenes a que estos aprendan a conocer su cuerpo, cuidar su diversidad sexual y tener relaciones sin violencia. Por ellos, promueven la educación sexual en todas las etapas educativas.

También promulgan la creación de servicios públicos de asistencia y de atención integrad, así como una línea telefónica.

Por lo que respecta a las medidas a implementar en la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva destacamos las siguientes.

Anticonceptivos

Se quiere garantizar un acceso libre a métodos anticonceptivos. Para ello se distribuirán de manera gratuita en institutos, centros penitenciarios y centros de servicios sociales. La financiación pública se incrementará para promover el desarrollo y la investigación de la anticoncepción masculina para fomentar la responsabilidad del hombre.

Interrumpir voluntariamente el embarazo en la ley orgánica de Salud sexual y reproductiva

La justificación a esta medida es que, mantener prohibido el aborto, no ha servido para reducirlo, sino para generar más inseguridad y pobreza a las mujeres.

Aseguran que la mujer que quiera interrumpir su embarazo podrá hacerlo en el centro hospitalario público más cercano para que no tengan que desplazarse. Igualmente, regularán el derecho individual y constitucional a la objeción de conciencia del personal sanitario.

El Consejo Judicial del Poder Judicial (CGPJ) defiende que el derecho de aborto se pueda ejercer en centros privados debidamente acreditados para mantener la libertad de elección de la mujer, frente a la propuesta de igualdad de que la sanidad pública sea la red de referencia para abortar.

Un período para reflexionar

Actualmente, el período para reflexionar será de tres días y se debía proporcionar una información previa en sobre cerrado. Pero ahora se eliminaría ese período, así como la información previa. Además, estas mujeres que interrumpan su embarazo gozarán de un derecho a una incapacidad temporal para el tiempo de recuperación.

El CGPJ considera que este período es necesario para que la voluntad se forme adecuadamente y adoptar una decisión “consciente y meditada”. También es criticada la eliminación de la práctica actual de la entrega del sobre con la información.  Interpretan que la mujer debe tener un previo conocimiento, porque en caso contrario, es difícil que pueda requerirla. De esta manera, se les estaría privando o dificultando el acceso a información sobre estas cuestiones que podrían ser de su interés. Esta información no tiene por qué estar enfocada a la interrupción del embarazo sino a proteger la maternidad sin introducir consideraciones éticas ni religiosas.

La píldora del día después será de acceso gratuito en los centros de salud y en los centros de atención especializada que se crearán y deberá estar disponible en todas las farmacias.

Por otro lado, las mujeres de 16 y 17 años y aquellas con discapacidad no necesitarán consentimiento de sus tutores legales para llevar a cabo la interrupción.

El CGPJ advierten que el consentimiento autónomo y sin conocimiento de los progenitores dificulta los deberes que conforman la patria potestad. Añaden que por imperativo constitucional los progenitores deben prestar asistencia de todo orden a los hijos durante su minoría de edad.

Por esto, algunos vocales del CGPJ ven justificada la validez del sistema actual en el que concurre el consentimiento de los padres. En todo caso, se podría resolver a través de un procedimiento previsto en la norma para poder conciliar los intereses de ambos (la menor y los padres). Y así conferir relevancia a la capacidad decisoria de los deberes de los representantes legales.

Cuestiones relacionadas con el embarazo y el parto

La futura ley también contempla un nuevo permiso preparto desde la semana 39 de gestación que sea compatible con el permiso de maternidad. Se promocionarán buenas prácticas gineco-obstétricas y de parto respetado mediante un protocolo.

Salud menstrual en la Ley orgánica de Salud Sexual y Reproductiva

Se recoge por primera vez en la legislación española el derecho a la salud menstrual. Este consistirá en un derecho fundamental a la salud de todas las mujeres, regulando una incapacidad temporal a cago íntegramente del Estado para aquellas que tengan menstruaciones muy dolorosas e incapacitantes.

Los productos de higiene y gestión menstrual serán dispensados de forma gratuita en centros educativos, penitenciarios y de servicios sociales.

Aquí también el CGPJ advierten de la ausencia de justificación en la regulación de la incapacidad temporal.

Violencia contra la mujer

Por último, según esta reforma se considerarán violencia contra la mujer la explotación reproductiva, el aborto o el embarazo forzado y la esterilización o anticoncepción forzosas.

Sigue informándote de las últimas novedades legislativas: Entra en vigor la Ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, La legislación sobre Violencia de Género y el papel de las empresas o La pensión de alimentos para los hijos mayores de edad, ¿es obligatoria?.

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Comentarios

  • María Isabel Morales Herrera (#)
    marzo 2nd, 2023

    Se publica en el BOE de 01/03/2023 la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-5364

  • Marina De Las Angustias Rivas Bastante (#)
    mayo 11th, 2023

    Trece años después, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado de forma definitiva la ley del aborto de 2010, que blinda el derecho de «autodeterminación» de la mujer a interrumpir el embarazo en las primeras 14 semanas de gestación, «de forma autónoma y sin coerción de ningún tipo».
    Concretamente, han sido los siete magistrados progresistas quienes han asegurado que esta norma es un derecho fundamental para la mujer, mientras que los cuatro conservadores del órgano han fallado en contra.

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