Los cambios de criterio de amortización

Los cambios de criterio de amortización - INEAF

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16/09/2013

El principio de uniformidad contable establece que se deberá mantener los criterios de valoración elegidos para los distintos elementos patrimoniales. No obstante, hay situaciones en las para mantener la imagen fiel de la situación económico-financiera de nuestra empresa, debemos realizar cambios en dichos criterios; es el caso de la “amortización del inmovilizado”.

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Dichos cambios de criterio pueden deberse a errores contables que se han cometido en los inicios de la vida útil del bien, o simplemente a actualizaciones de inmovilizado, que nos llevan a modificar la cuota de amortización sobre el nuevo valor.

Veamos los dos casos detenidamente.

1- Cambios de estimaciones contables

Técnicamente, estas modificaciones no son consideradas cambios de criterio contable, debido a que el resultado de la amortización practicada en ejercicios anteriores se produjo de manera correcta con la información que teníamos en su momento. Con nueva información de cambios producidos en el ejercicio en que se detecta, se debe producir un cambio en el criterio de amortización.

Veamos un ejemplo:

Imaginemos un elemento de inmovilizado material con las siguientes características contables:

– Precio de la maquinaria: 4.000 euros.

– Fecha de compra: 01.01.2010.

– Vida útil estimada: 8 años.Los cambios de criterio de amortización - INEAF

– Valor residual: 200 euros.

Comenzamos a amortizar dicha maquinaria, y en 2016, (sexto año de periodo amortizable) cambiamos el motor de la misma, aumentando la vida útil del bien en cuatro años más, es decir, que seguiremos amortizando hasta 2020 en lugar de hasta 2016.

La compra del motor nuevo y su instalación ha supuesto un gasto de 600 euros.

– En primer lugar, debemos hacer practicar las amortización desde la puesta en funcionamiento de la maquinaria, hasta el momento de la modificación para hallar su amortización acumulada.

 Si amortizamos linealmente:

(V. Adquisición – V. Residual) / Vida útil = (4.000 – 200) / 8 = 475 € anuales

Como se amortizan períodos anuales completos, la amortización acumulada de los seis primeros años ascenderá a 475 x 6 = 2.850 €

  • A partir de aquí, al alargar la vida útil del bien, debemos modificar la cuota de amortización anual, durante los cuatro años restantes del período amortizable.

Para ello debemos calcular, en primer lugar, el Valor Neto Contable:

VNC = V. Adquisición – V. Residual – Amortización Acumulada + Coste de mejora;

VNC =  4.000 – 200 – 2.850 + 600 = 1.550

  • El nuevo valor amortizable lo dividimos entre el número de años de vida útil restante, para hallar las cuotas que amortizaremos en los próximos cuatro años.

1.550 / 4 = 387,5

Otros ejemplos de cambios de estimación pueden no deberse  a  una mejora, sino simplemente al uso distinto al inicialmente previsto, y como consecuencia de ello varía su vida útil.

Pongamos, por ejemplo, una máquina ensambladora de vehículos, cuya amortización se calcula en función de las horas de funcionamiento. Si en un principio hay un empleado para que la explote durante 5 horas diarias por las mañanas y posteriormente se contrata a otro empleado por las tardes que sigue explotándola durante otras 5 horas más al día, su vida útil se reducirá, por lo que que habrá que realizar un cambio de estimación en la amortización.

2- Cambios de criterio contable o error

Cuando se ha detectado un error en la contabilidad de la amortización de un inmovilizado que se venía realizando durante ejercicios anteriores, primara el principio de retroactividad. Es decir, que habrá que “retrotaer”, las cuotas amortizadas erróneamente.

El ingreso o gasto correspondiente a ejercicios anteriores motivará, en el ejercicio en que se produzca el cambio de criterio, el correspondiente ajuste, a causa del efecto acumulado de las variaciones de los activos y pasivos, que se reflejará en la cuenta de reservas.

Un ejemplo muy usual, es aquel en el que se confunde la vida útil del inmovilizado. Por ejemplo, en el caso anterior,  la maquinaria tenía una vida útil  de 10, en lugar de 8.

– Amortización hasta  2016: 6 x 475 = 2.850 €

– Deberíamos haber amortizado:  [(4.000 – 200) /10] x 6 = 2.280 € (cuota de amortización correcta = 380 €)

– Exceso de amortización: 2.850 € – 2.280 € = 570 €

Una vez calculado el exceso de amortización, disminuiremos la amortización acumulada del bien en dicho exceso contra reservas como procede en el siguiente asiento:

­­­­­­­____________________________              ________________________

570   (281) A. Acumulada de I. Material       a       (113) Reservas Voluntarias        575

____________________________              ________________________

A partir de aquí, el nuevo asiento de amortización se realizará de la siguiente manera:

­­­­­­­____________________________               ____________________________

380   (681) Amortización  de I. Material         a        (281) A. Acumulada de I. Material      380

____________________________               ____________________________

Con estos ejemplos, hemos podido ilustrar las operaciones contables que se deben realizar para ser consecuentes con la “imagen fiel” de la empresa y no desvirtuarla aun cuando cambiamos de criterio.

Por último, y en referencia al primer caso, me gustaría  ejemplificar la contabilización de la mejora.

Hemos visto la repercusión en las cuotas de amortización que tiene la “mejora”, pero no hemos visto como se contabiliza la misma, y para ello hay que formularse la siguiente pregunta:

Dicha mejora, ¿alarga su vida útil?

Si:

En este caso se considera dicho gasto como mayor valor del inmovilizado, realizando el siguiente asiento, y realizando las operaciones mencionadas en el primer punto para poder cambiar la estimación en su amortización.

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600    (213) Maquinaria                           a       (572) Bancos c/c          726

126    (472) H.P. IVA Soportado

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No:

Ya que no alarga su vida útil, consideraremos dicha mejora como un gasto de reparación y conservación, y en consecuencia no deberá realizarse un cambio en la estimación de la amortización.

_______________________________            ________________

600   (622) Reparaciones y Conservación         a      (572) Bancos c/c        726

126   (472) H.P. IVA Soportado

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