En el pasado Consejo de Ministros de 15 de abril, se aprobó el Real Decreto que modifica algunas de las normas acerca de cómo evaluar la adecuación de los miembros del consejo de administración y los directivos de las entidades de crédito.
Según este Real Decreto: “Las entidades dispondrán de un plazo de seis meses para sustituir a los consejeros o directivos que, de acuerdo con los nuevos requerimientos en materia de honorabilidad comercial y profesional, conocimientos, experiencia y buen gobierno, deban perder la idoneidad necesaria para desarrollar sus funciones en la entidad”.
“Honorabilidad comercial y profesional, conocimientos, experiencia y buen gobierno”
Esta norma, que sigue las recomendaciones llegadas desde la EBA (Autoridad Bancaria Europea), pretende corregir los abusos, entre otros la falta de profesionalización, que se han producido en España, siendo especialmente “sangrante” el caso de las cajas de ahorros.
El control continuo será llevado a cabo por el Banco de España y por las propias entidades de crédito.
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