El Gobierno aprobó el pasado viernes en el Consejo de Ministros un Proyecto de Ley de mutuas colaboradoras de la Seguridad Social en el que se modifican las condiciones necesarias para el cobro del paro de los autónomos, gracias a una simplificación de los trámites necesarios.
Las principales novedades introducidas por el proyecto de Ley son las siguientes:
– La cotización por la prestación de cese de actividad pasa a ser voluntaria para todos los autónomos, y oscilará entre el 2,2% y el 4% de la base de cotización, según lo que establezcan las leyes de Presupuestos anuales de cada ejercicio.
– Se reduce desde el 30% al 10% el nivel de pérdidas anuales por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción que deben acreditar los autónomos para poder acceder a la prestación.
– Además de reducirse el nivel de pérdidas anuales, habrá una mejora de los medios de prueba necesarios para justificar dicho nivel de pérdidas.
– Se contempla la posibilidad de cubrir las deudas que el autónomo tiene con la Seguridad Social en un plazo máximo de 30 días para poder acceder a la prestación. Es decir, hasta ahora un autónomo no podía cobrar la prestación si éste tenía alguna deuda con la Seguridad Social. Con la nueva ley se permite saldar la deuda en menos de 30 días para poder solicitar y cobrar la prestación.
Estas modificaciones, pendientes aún de aprobación definitiva y de publicación en el BOE, suponen una mayor flexibilidad de las condiciones para acceder a la prestación y solucionando en parte el problema que tenían el 82% de los autónomos que solicitaban la prestación y no les era concedida.
La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) valora muy positivamente este proyecto de Ley, ya que hasta ahora era prácticamente imposible que un autónomo llegara a cobrar la prestación. De hecho, hay 600.000 autónomos que cotizan por cese de actividad, 6.000 (el 1%) la han solicitado, y sólo la han llegado a cobrar el 20% de ellos, por la gran dificultad de cumplir y justificar las condiciones exigidas para acreditar el cese de actividad.
Estas novedades suponen un avance para los autónomos, pero habrá que ver cómo será la ley definitiva y las modificaciones finales. Sea como fuere, aún queda mucho camino por recorrer.
julio 30th, 2014
Me alegro de algun autonomo cobrara la prestación, pues yo no conoczco ningún caso en que los autonomos que han cotizado por esta prestación y han necesitado de ella la hubieran cobrado, pensé que no se la reconocian a los autonomos que solo se trata de un metodo más de recaudación desaforada, me alegro de que no sea así, al menos en su totalidad.