Ya estamos en enero y un año más toca repasar las novedades contables que nos depara el año nuevo. El pasado 1 de enero de 2020, entraron en vigor dos disposiciones que van a modificar aspectos de nuestra contabilidad. Nos estamos refiriendo a la:
- Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.
- Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre; el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre; las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre; y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre
Si bien la Resolución entrará en vigor en la fecha prevista, es cierto que el proyecto del Real Decreto no ha avanzado en su tramitación y que debido a la falta de Gobierno hasta la fecha (y lo que aún se prevé que nos queda) es posible que tengamos que esperar más de lo previsto y la novedades contables no sean tantas.
Principales novedades contables
A modo de resumen, las principales novedades que se plantean en este proyecto de Real decreto serian:
a) Simplificación de la clasificación de activos financieros
Si actualmente la clasificación de los activos financieros en la norma 9 de Registro y Valoración son las siguientes:
- Préstamos y partidas a cobrar.
- Inversiones mantenidas hasta el vencimiento.
- Activos financieros mantenidos para negociar.
- Otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
- Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas.
- Activos financieros disponibles para la venta.
A partir de la reforma se deberán agrupar en solo tres categorías:
- Activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
- Activos financieros a coste amortizado.
- Activos financieros a coste.
b) Se modifica la definición de coberturas contables
c) Se modifica la definición de valor razonable
d) Se modifican los cuadros a incluir en la memoria de las cuentas anuales
e) Se clarifican los criterios para determinar el reconocimiento de ingresos
¿Cómo afectarán las novedades contables a nuestro PGC?
Las modificaciones anteriores van a afectar a las cinco partes del Plan General Contable. De hecho, el proyecto del Real Decreto establece diecisiete puntos a modificar en el PGC de los que hacemos una breve indicación atendiendo a la parte del mismo a la que afecta:
1. Primera parte del PGC. Marco conceptual
El apartado 6 del Marco conceptual se refiere a los denominados “criterios de valoración”. Entre ellos se incluyen algunos como el coste histórico, el valor actual, el valor en uso o el coste amortizado pero también está la definición del valor razonable que ahora se va a modificar.
2. Segunda parte. Normas de Registro y Valoración
- Se deberá modificar la norma 9 referida a los instrumentos financieros para establecer la nueva clasificación de los activos financieros. Los pasivos financieros no sufren modificación.
- Se modificara también la norma 10 de valoración referida a las existencias en su valoración inicial.
- Se modificará la norma 11 referida a la moneda extranjera en lo referente a su valor razonable de las partidas monetarias como no monetarias.
- Se modificará la norma 14 referida a ingresos por ventas y prestación de servicios más para clarificar conceptos que para su modificación
3. Tercera parte. Cuentas anuales
Se deberá modificar el balance, la cuenta de pérdidas y ganancia, el estado de cambios en el patrimonio neto y la memoria en lo referido a las modificaciones comentadas de los activos financieros, el valor razonable, operaciones de cobertura, etc.
4. Cuarta parte. Cuadro de cuentas
Al desaparecer la clasificación de activos financieros disponibles para la venta, van a desaparecer la cuenta (133) y los subgrupos (80) y (90) y se modificarán las cuentas (6632) y (7632).
5. Quinta parte Definiciones y relaciones contables
Además de los cambios provocados por los mencionados en las variaciones en el cuadro de cuentas también se modificarán las definiciones de cuentas de todos los grupos para adaptarlas a la nueva clasificación de activos financieros y demás modificaciones previstas.
Como vemos aunque los cambios van a afectar a un ámbito reducido de la contabilidad, es cierto que estas modificaciones van suponer muchas revisiones en nuestro conocido PGC que deberemos actualizar y estudiar.
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