Según ha informado el Ministerio de Industria, la modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos ya ha sido aprobada por el Consejo de Ministros. Dada la especial relevancia de esta ley, desde Ineaf queremos hacer un breve repaso a las principales medidas que se van a adoptar en los distintos sectores a raíz de dicha modificación.
Fomento de la competencia en el sector del gas natural
Las medidas para el sector del gas natural se han diseñado especialmente para fomentar la competencia entre las empresas participantes. Cabe destacar las siguientes:
- Creación de un mercado organizado de gas natural para facilitar la entrada de nuevas empresas comercializadoras y unos precios más competitivos y transparentes para los consumidores.
- La inspección de las instalaciones de gas natural ya podrá ser realizada por cualquier instalador que esté habilitado para ello.
- Reconocimiento mutuo de licencias para comercializar gas natural con terceros países en los que se establezca un previo acuerdo.
- Establecimiento de nuevas medidas de las existencias mínimas de seguridad para fomentar una mayor flexibilidad y un menor coste para los comercializadores.
Fomento de la distribución por canalización en zonas que aún no disponen de gas natural.
Novedades tributarias de la Ley de Hidrocarburos
La reforma de esta ley también propone una serie de medidas tributarias en materia de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos:
- Creación de un impuesto sobre el valor de la producción de hidrocarburos.
- Establecimiento de una compensación a los propietarios que tienen terrenos sobre el yacimiento, según el valor de la producción anual de hidrocarburos.
- Creación de nuevos cánones por realizar sondeos y sísmicas y modificaciones de los cánones de superficie ya vigentes.
Medidas contra el fraude en el sector de productos petrolíferos
El sector de los productos petrolíferos tampoco ha quedado impune a la reforma, estableciéndose medidas que incrementen su eficiencia y competencia, además de combatir el fraude:
- Prohibición de duplicidad en instalaciones de distribución de propano y butano por canalización y gas natural para no encarecer el precio final al consumidor.
- Establecimiento de la obligación por parte de los comercializadores de gas butano a granel de suministrarlo a todo aquél consumidor que lo solicite, siempre dentro de la provincia de actuación.
- Exigencia de un depósito de garantía para operadores que quieran ejercer la actividad comercializadora de carburantes al por mayor, para que pueda ser ejecutado si se produce algún incumplimiento o fraude.
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