Cuando entre nuestros elementos de inmovilizado se encuentran bienes adquiridos a través de un arrendamiento financiero, al cierre del ejercicio, además de pagar la cuota correspondiente al mes de diciembre debemos realizar dos operaciones sencillas como son la amortización del bien y la reclasificación de los plazos de la deuda.
Al listar nuestro balance de sumas y saldos al final del ejercicio, veremos que tenemos cuatro cuentas referidas al arrendamiento financiero
1. Por un lado estará la cuenta del inmovilizado (supongamos en el 21) referida al bien objeto del mismo
2. Por otro lado las cuentas de la deuda a pagar al arrendador, referidas a largo plazo en la 174 y al corto en la 524
3. Por último, la amortización acumulada del bien hasta ese momento.
Resumimos las operaciones que ya se entienden realizadas de la formalización y el pago de las cuotas y nos centramos en las de cierre.
– Formalización del contrato
Debe | Haber | |
(2) Inmovilizado | XXX | |
(524) Acreedores por Arrendamiento Financiero c/p | XXX | |
(174) Acreedores por Arrendamiento Financiero a l/p | XXX |
- (2) Inmovilizado: Por el valor razonable del bien, incluida la opción de compra
- (524) Por el valor de las cuotas, sin incluir intereses, que vencen a corto
- (174) Por el valor de las cuotas, sin incluir intereses, que vencen a largo plazo más la opción de compra
– Pago de las cuotas
Debe | Haber | |
(524) Acreedores por Arrendamiento Financiero c/p | XXX | |
(662) Intereses de deudas | XXX | |
(472) H.P. IVA soportado | XXX | |
(572) Banco c/c | XXX |
– Operaciones al cierre
Además del pago de una cuota, realizaremos dos operaciones
a) Se amortiza el inmovilizado material atendiendo a su vida útil y no al contrato de leasing.
Debe | Haber | |
(681) Amortización del Inmovilizado Material | XXX | |
(281) Amortización Acumulada Inmovilizado Material | XXX |
b) Por el cambio de plazos
Debe | Haber | |
(174) Acreedores por Arrendamiento Financiero l/p | XXX | |
(524) Acreedores por Arrendamiento Financiero c/p | XXX |
Si se diera el caso de que hubiera terminado el contrato planteamos dos posibilidades: que se ejerza o no la opción de compra.
– Fin del contrato. Opción de compra.
- Si la ejercitamos, simplemente pagaremos una cuota mas
Debe | Haber | |
(524) Acreedores por Arrendamiento Financiero c/p | XXX | |
(662) Intereses de deudas | XXX | |
(472) H.P. IVA soportado | XXX | |
(572) Banco c/c | XXX |
Nota: normalmente la opción de compra se ejercita junto a la última cuota con lo que es normal, al contabilizar el pago de la opción no contabilizar intereses. (En el asiento anterior, no aparece la (662))
- Si no le ejercitamos daremos de baja todas las cuentas, llevando la diferencia a pérdida.
Debe | Haber | |
(281) Amortización Acumulada de inmovilizado material | XXX | |
(524) Acreedores por Arrendamiento Financiero c/p | XXX | |
(671) Pérdidas procedentes del inmovilizado material | XXX | |
(513) Maquinaria | XXX |
Vease: “Operaciones Cierre Contable (I): Introducción”
Vease: “Operaciones de Cierre Contable (II): Tesorería y Moneda Extranjera”
Vease: “Operaciones de Cierre Contable (II): Existencias”
Vease: “Operaciones de Cierre Contable (III): Inmovilizado”
Vease: “Operaciones de Cierre Contable (IV): Periodificación de Ingresos y Gastos”
Vease: “Operaciones de Cierre Contable (V): Subvenciones”
Vease: “Operaciones de Cierre Contable (VI): Inversiones Financieras”
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