Existe una gran polémica sobre la nueva Orden emanada por la Junta de Andalucía sobre la Atención Primaria en Andalucía.
En este artículo explicaremos en qué consiste esta nueva regulación de asistencia sanitaria en Andalucía y, además, trataremos, de la forma más objetiva posible, las modificaciones respecto del régimen anterior.
La Orden de 23 de febrero de 2023 pretende actualizar la Orden de 23 de octubre de 1998.
Por tanto, el sistema de presupuestación y tarifación de convenios y conciertos del SAS para la prestación de asistencia sanitaria ya existía de forma previa.
¿Qué regula la nueva orden?
El objetivo de la nueva orden es desarrollar el sistema de presupuestación y tarifación de convenios o conciertos con entidades tanto públicas como privadas para la prestación de asistencia sanitaria en centros concertados por el SAS.
Según indican las disposiciones generales de la orden, “la especialidad en la contratación en la asistencia sanitaria concertada hace recomendable esta norma reglamentaria con objeto de complementar la normativa aplicable en materia de contratación administrativa”.
Tarifas por procedimiento, y no por grupos
A tal respecto, el objetivo es “establecer una tarifa máxima homogénea para toda Andalucía, por procedimiento y no por grupos, como hasta ahora”.
Ello implicará, según la propia orden:
- La reducción del coste en los procedimientos más frecuentemente concertados.
- Conseguirá resolver aquellos procedimientos que generan lista de espera o problemas asistenciales.
Necesidades de concertación
Serán los propios servicios públicos los que establecerán con antelación cuáles son sus necesidades de concertación para cada tipo de procedimiento.
En base a dicha necesidad, estimarán el presupuesto para dicha contratación de asistencia sanitaria complementaria.
Polémica surgida al respecto
La crítica a la nueva orden ha sido generalizada, por la propia oposición, por sindicatos y, hasta por el gobierno central.
Se ha advertido que esto es una apertura para privatizar la atención primaria en Andalucía.
En el anexo de la orden se incluyen procedimientos quirúrgicos, pruebas diagnósticas, estancias, radioterapia, prontoterapia y consultas, cada una de ellas con un importe máximo.
Consultas de atención primaria
Se está centralizando la polémica sobre las consultas médicas de atención primaria, ya que, según las diferentes críticas, hasta entonces la anterior orden no establecía esta derivación a las entidades privadas de la atención primaria.
Y, si comparamos las dos órdenes, esto es cierto.
En la anterior orden solamente se contemplaban, en lo que respecta a las consultas, la primera consulta y las consultas sucesivas.
En cambio, en la actual orden se incluyen las consultas médicas de atención primaria y las consultas de alta resolución.
Tarifas máximas actuales de las consultas
Actualmente, la orden regula que las consultas médicas de atención primaria tendrán una tarifa máxima de 65 euros.
También se establece una primera consulta por una tarifa máxima de 150 euros y aquellas que sean sucesivas con una tarifa máxima de 90 euros.
En lo que respecta a las consultas de alta resolución, se establece una tarifa máxima de 215 euros.
Reducción del 35% en consultas
Se prevé la posibilidad de que se realice un 35% de descuento si el médico privado acude a las instalaciones de la pública para atender a pacientes.
Esto es una de las grandes denuncias de la oposición y de sindicatos, ya que se está alertando de la posibilidad que está abriendo para que los facultativos de la privada puedan ejercer su labor en la sanidad pública.
Consideran que se trata de un debilitamiento para los profesionales de la sanidad pública, y, por ende, de la propia sanidad pública, máxime si tenemos en cuenta la situación delicada de colapso que sufre la atención primaria.
Rectificación de la orden para “parar el bulo” de la privatización
La Orden de 23 de febrero de 2023 se publicó en el BOJA de 2 de marzo del mismo año.
Sin embargo, en el BOJA de 9 de marzo, se incluyó una corrección de errores sobre la orden, para, según Juanma Moreno, “parar el bulo” sobre la privatización.
Concretamente, el párrafo incluido advierte que los servicios concertados por el SAS garantizan:
“El aseguramiento público y gratuito para el usuario de la prestación asistencial, acudiendo la administración a la colaboración privada para la prestación de la misma, sólo, en aquellas situaciones en que la cobertura prestacional relacionada con las garantías establecidas en materia de accesibilidad sea insuficiente en periodos coyunturales de mayor demanda o en situaciones de emergencias sanitarias, salvaguardando en todo caso la naturaleza pública de la cobertura, tanto en atención primaria como en hospitalaria”.
Y tú, ¿qué opinas sobre esta nueva regulación?
¿Crees que en ningún caso se debe a una privatización de la atención primaria en Andalucía, o, por el contrario, consideras que se trata de una privatización paulatina de ésta?
¡Te leo!
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