¿Puedo pedir una baja laboral para cuidar a una mascota?

Baja laboral mascota

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22/10/2023

El pasado 29 de septiembre entró en vigor la Ley de Bienestar Animal, norma impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. El objetivo de esta Ley es proteger y garantizar el bienestar de los animales de compañía y silvestres en cautividad. En los últimos días, se ha hecho viral la noticia de que desde la entrada en vigor de esta ley sería posible pedir una baja laboral para cuidar a una mascota, vamos a analizar esta cuestión.

Obligaciones específicas respecto a los animales de compañía

La Ley de bienestar animal establece una serie de obligaciones a los titulares o personas que convivan con animales de compañía, entre estas obligaciones encontramos:

  • Mantenerlos integrados en el núcleo familiar, siempre que sea posible.
  • Velar por el buen estado de salud e higiene.
  • Facilitarles los controles y tratamientos veterinarios establecidos como obligatorios por las administraciones públicas.

Como podemos comprobar, ninguna de estas obligaciones atribuye a los animales de compañía la consideración de familiares.

Estatuto de los trabajadores

La incapacidad temporal o baja laboral es un subsidio diario que trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Puede venir sobrevenida por una enfermedad común o accidente no laboral o bien por enfermedad profesional o accidente de trabajo.

Por tanto, parece claro que no es posible pedir una baja laboral para cuidar a una mascota.

Además de las bajas laborales, el Estatuto de los Trabajadores regula algunos permisos retribuidos que las personas trabajadoras pueden solicitar en determinadas circunstancias. Estos son:

  1. 15 días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho.
  2. 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.
  3. 2 días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  4. 1 día por traslado del domicilio habitual.
  5. Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo.
  6. Para realizar funciones sindicales o de representación del personal.
  7. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación.

De nuevo, no encontramos ningún supuesto en el que el estatuto de los trabajadores regule el derecho a las personas trabajadoras a ausentarse de su puesto de trabajo para cuidar a una mascota.

En resumen, ¿puedo pedir una baja laboral para cuidar a una mascota?

Como hemos analizado no es posible pedir una baja laboral para cuidar a una mascota, el Estatuto de los Trabajadores no prevé que las personas trabajadoras puedan pedir una baja laboral o permiso retribuido con esta finalidad.

Entonces, ¿Qué podemos hacer? La opción más recomendable es negociar con la empresa estas ausencias, la persona trabajadora puede plantear la posibilidad de ausentarse del puesto de trabajado para cuidar a su mascota y recuperar las horas de ausencia en otro momento.

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