Hace unas semanas, la Dirección General de Tributos recibía una propuesta de mejoras fiscales para los autónomos que contraten a personas con discapacidad o que sean personas con discapacidad (valga la redundancia). El objetivo de esta propuesta, cuya iniciativa parte del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), es incrementar la tasa de empleo tanto por cuenta ajena como por cuenta propia de trabajadores discapacitados.
Estas nuevas mejoras se pretenden introducir en el borrador de orden por la que se desarrollan para el año 2014 el método de estimación objetiva del IRPF y el Régimen Especial Simplificado del IVA.
Una de las principales mejoras fiscales es en el cálculo de rendimiento reducido de actividades económicas a incluir en la declaración de la renta dentro de la modalidad de estimación objetiva, lo que comúnmente conocemos como “Módulos”. Por regla general, existe una reducción del 5% del rendimiento neto. La propuesta es un aumento de la reducción del rendimiento neto pasando del 5% al 8% siempre y cuando los contribuyentes sean personas con una discapacidad igual o superior al 33%. Según el CERMI, con esta medida se pretende aumentar la tasa de empleo de personas con discapacidad y equiparar las reducciones de actividades económicas con las reducciones incrementadas en otros bloques como son los rendimientos del trabajo.
Dentro de esta modalidad de obtención de renta, y previamente a la reducción anteriormete expuesta, también existe por regla general, unos índices correctores del rendimiento neto minorado para empresas de reducida dimensión los cuales dependen de si tienen personal asalariado o no y en este último caso dependiendo de los números de habitantes de la población donde se desarrolle la actividad.
Pues bien, el CERMI propone incluir índices incrementados en el caso de que el titular sea una persona física con grado de discapacidad igual o superior al 33% siempre y cuando se ejerza la actividad en un solo local y no se disponga de más de un vehículo afecto a la actividad y éste no supere los 1.000kg de capacidad de carga. Los índices correctores quedarían de la siguiente manera:
Población del municipio donde se ejerza la actividad |
Índice general empresas de R.D |
Propuesta de índice si el titular es discapacitado ≥33% |
≤ 2.000 habitantes |
0,7 |
0,5 |
De 2001 hasta 5.000 habitantes |
0,75 |
0,55 |
>5.001 habitantes |
0,8 |
0,6 |
De esta manera se pretende justificar la necesidad de crear empleo para este colectivo, junto con su menor capacidad para generar ingresos, patente en aquellas personas con discapacidad que son titulares únicos de la actividad.
Con estas medidas y otras tantas propuestas fiscales, como es por ejemplo el aumento de la deducción en el impuesto de sociedades por creación del empleo de trabajadores discapacitados (véase: “Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad”) , se pretende lograr una inclusión plena de los más de cuatro millones de personas con discapacidad que hay en España.
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