El pasado 16 de enero se publicaba en el BOE el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para este año 2019. Varias son las medidas fiscales que se incluyen en los Presupuestos que, aunque no son definitivas, queremos comentar.
En concreto, vamos a centrarnos en las medidas y modificaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre el Patrimonio y otras medidas de menor calado.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Destacamos que pasa a tributar al tipo del 10% la asistencia sanitaria veterinaria que hasta ahora lo hacía al 21%.
Por otro lado, pasa a tributar al tipo superreducido del 4% los libros, periódicos y revistas, cualquiera que sea su formato, incluido el electrónico. Se incluye además los elementos complementarios (discos, videocasetes, entre otros) que constituyan una unidad funcional con los mismos perfeccionando o completando su contenido y que se vendan con ellos, con ciertas excepciones
Finalmente pasan a tributar al 4% las compresas, tampones y protegeslips.
Con respecto a la gestión de Impuesto en los sujetos pasivos que realicen la declaración mensual de IVA, la liquidación del mes de noviembre, deberá de presentarse en los 20 días naturales del mes de diciembre, en lugar de en los 30 días naturales. Se incluye a los acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII).
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En el IRPF los cambios afectarán a los que obtienen rentas altas. Sube el impuesto para ellos.
Se modifica la escala general del Impuesto. En concreto, se crean dos nuevos tramos. Uno para rentas superiores a 130.000 euros, tributando al tipo estatal de 24,5%, y otro para rentas superiores a 300.000 euros con un tipo estatal del 26,5%.
Se modifica igualmente la escala de la base del ahorro. Se crea también un nuevo tramo para bases liquidables superiores a 140.000 euros, tributando al tipo estatal del 13,5%. La escala autonómica por tanto también se modifica, ya que coinciden.
Por otro lado, también se realizan cambios para la escala de retenciones e ingresos a cuenta aplicable a los perceptores de rentas del trabajo y además, se regula la determinación del tipo de retención sobre los rendimientos del trabajo en el período impositivo de 2019.
Impuesto sobre el Patrimonio.
En este impuesto se han establecido dos modificaciones. Por un lado se eleva el tipo de gravamen aplicable al último tramo de la tarifa. Por otro lado, se mantiene, con carácter indefinido su gravamen. Según el ejecutivo, ello contribuirá a la consolidación de las finanzas públicas.
Otras medidas.
Otras medidas a destacar en otros impuestos son las siguientes.
- Actualización, en un 1%, de la escala de gravamen de los títulos y grandezas nobiliarios aplicable en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD).
- En cuanto a los Impuestos Especiales, aumenta el tipo impositivo del Impuesto sobre Hidrocarburos para los carburantes de automoción utilizados para el transporte por carretera cuyo consumo está más extendido y provocan las mayores emisiones de gases contaminantes que inciden sobre la calidad del aire de nuestras ciudades, aunque el Proyecto destaca que la tributación recae sobre el gasóleo de uso profesional y el gasóleo bonificado no sufre variación alguna al objeto de mantener la competitividad de los sectores intensivos en su consumo.
- Se incluye una exención en el Impuesto sobre la Electricidad.
Destacar que se mantiene el tipo de interés legal del dinero en el 3% y el tipo del interés de demora, que se sitúa en el 3,75%.
Estas son las principales modificaciones fiscales que presenta el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado. Estaremos al tanto de su aprobación definitiva.
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