El despido restaurativo o reparativo es una iniciativa del Gobierno que se está estudiando para reformar la regulación del despido, basándose en un modelo europeo de “indemnización restaurativa”. Dependería de la edad, el género, la antigüedad o la renta de la persona trabajadora.
¿Qué se tendría en cuenta para la indemnización o despido restaurativo?
Concretamente, se tendrían en cuenta las causas del despido, ya que son una cuestión clave en el despido, siguiendo la línea de lo que se está barajando en Europa para reformar la regulación del despido.
La indemnización valoraría las causas personales y laborales de la persona trabajadora que es despedida, como el tiempo de servicio prestado o antigüedad, la renta, o cuestiones como la edad o el género de la persona.
Necesidad de tratar la regulación del despido
Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, se considera necesario modificar la regulación del despido, como se expresó en las jornadas de la reforma laboral de la Asociación de Periodistas Económicos, y a lo cual se le traslada al sector de negociación colectiva.
La finalidad es volver a negociar el Acuerdo de Negociación Colectiva por parte de la patronal y los sindicatos. No solo se tendrían que establecer recomendaciones en cuanto a salario, también deberían tratar condiciones de empleo y laborales de manera general, como la introducción del despido restaurativo.
Concretamente, se ha determinado que los datos de convenios son negativos, ya que se han firmado en el pasado año muchos menos convenios y con menos afección de personas trabajadoras que en el año anterior.
Otras cuestiones laborales que se están estudiando para su reforma
Además de barajar la introducción del despido restaurativo, también se están estudiando otros cambios como la necesidad de una subida en los salarios o la eliminación del problema en la contratación de personas mayores de 45 años.
Subida de salarios
Existe en España el riesgo real de empobrecimiento y morosidad en la población, por lo que el emisor solicita la subida de salarios de un 5% en Europa, con la necesidad de que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) también suba tras haber conocido los datos de inflación producidos.
Además, desde el Ministerio de Trabajo se pidió a la Comisión Asesora en materia del SMI que evaluasen su impacto en la pobreza, como en su momento indicó el Banco de España (BdE).
Eliminar el “edadismo”
Por su parte, se pide eliminar el “edadismo”, es decir, el problema social que existe en el mercado de trabajo en España a causa de las personas de larga duración mayores de 45 años.
Finalidad del despido restaurativo
El objetivo del despido restaurativo es compensar al trabajador o trabajadora por todos los daños producidos por parte del empresario, debido a la extinción de la relación laboral con la persona trabajadora.
A su vez, otra de las pretensiones principales del despido restaurativo es eliminar cualquier tipo de discriminación negativa por edad o por cualquier otra cuestión personal para despedir.
Lo esencial sería que para la indemnización del despido, se tendrían que valorar las circunstancias personales del trabajador.
Controversias que puede generar el despido restaurativo
Por otro lado, existen expertos que consideran que el despido restaurativo provocaría inseguridad jurídica, debido a la implementación de indemnizaciones variables para el despido de cada persona trabajadora.
Consideran que podría ser una “medida de protección excesiva” que pondría en peligro la contratación de colectivos, por el riesgo de tener que indemnizar con un elevado coste en caso de su posterior despido.
Otro aspecto negativo que consideran algunos expertos/as de este tipo de despido, es que sería un sistema complejo para ponderar una indemnización de manera objetiva, ya que sería únicamente mediante la actuación discrecional del Juez.
Al emplear criterios distintos a la relación laboral, se pueden dar situaciones en las que el resultado sea contraproducente a la finalidad de esta iniciativa.
Como, por ejemplo, que un empleado a punto de jubilarse tenga una indemnización por despido inferior a otra persona trabajadora joven, o que existiera una ausencia de indemnización si se barajase que dicho trabajador tuviera opciones de jubilación con todos los derechos.
Si se valorase la situación familiar, por ejemplo, de personas trabajadoras que tengan hijos, mientras que otras no, puede llegar también a conclusiones negativas.
Pero, todavía no se conocen los detalles de este despido ni se sabe cómo se terminará de proceder con esta iniciativa sobre el despido reparativo o despido restaurativo, o también conocido como “despido a la carta”.
Es por ello, que no podemos determinar si se trata de una medida positiva o si por el contrario, sería contraproducente para las personas trabajadoras, que, en definitiva, es a quienes se pretende proteger.
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