Al negociar las condiciones salariales en un nuevo empleo, lo habitual es negociar el salario anual bruto. Sin embargo, son muchas las personas trabajadoras que se dan cuenta, después de recibir el primer sueldo, que el importe que realmente perciben en la nómina mensual es menor al que se había acordado. Esto se debe a la diferencia que existe entre salario bruto y salario neto.
En la tribuna de hoy, vamos a profundizar en el salario anual bruto y resolveremos algunas de las cuestiones frecuentes que surgen entorno a este concepto.
¿Qué es el salario bruto anual?
El salario anual bruto se define como la retribución que percibe una persona trabajadora durante un año de trabajo. El salario bruto es la suma de todos los conceptos salariales a los que tiene derecho a cobrar el trabajador, antes de practicar las correspondientes cotizaciones a la seguridad social y retenciones por IRPF durante el año fiscal.
¿Cuál es la diferencia respecto al SMI?
El Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se eleva la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), ha fijado el SMI para 2023 en 1.080€ brutos mensuales en 14 pagas, es decir, 15.120€ brutos anuales.
Esto quiere decir que ninguna persona trabajadora por cuenta ajena podrá cobrar un salario anual bruto inferior a 15.120€ por un contrato a tiempo completo. En el convenio colectivo de aplicación, por pacto o acuerdo con el empresario se puede fijar un salario anual bruto superior al SMI.
¿Qué es el salario bruto?
El salario bruto en la nómina suele aparecer desglosado en varios conceptos como: salario base, complementos salariales, primas de productividad, horas extras, entre otros (no todas las nóminas se componen de todos estos conceptos) y es la suma de todos ellos.
¿Qué es el salario neto?
El salario neto se obtiene restando al salario bruto las cotizaciones a la seguridad social y las retenciones por IRPF que correspondan.
¿Qué es la retención por IRPF en la nómina?
La retención por IRPF que se incluye en la nómina es obligatoria y es el importe que las empresas están obligadas a retener mensualmente a las personas trabajadoras. Se obtiene aplicando el tipo de retención que corresponda sobre el salario bruto de la persona trabajadora.
Representa una parte del pago que las personas trabajadoras deben abonar en concepto de impuesto sobre la renta de las personas físicas a la Agencia Tributaria.
De esta forma, una vez llegado el momento de declarar los ingresos ante la Agencia Tributaria, y en base a la retención del IRPF que se ha aplicado, el resultado puede salir a pagar o a devolver:
- El resultado de la declaración de la resta será a pagar: la persona trabajadora estará obligada a abonar la parte restante de los impuestos que le corresponden, ya que la retención del IRPF aplicada ha sido inferior a lo estipulado.
- El resultado de la declaración de la resta será a devolver: la retención del IRPF habrá sido superior a lo que le corresponde al trabajador, por lo que recibirá una determinada cantidad de dinero por parte de la Agencia Tributaria.
¿Qué supone para los trabajadores la subida del salario anual bruto?
El cálculo de la retención por IRPF se realiza sobre el salario anual bruto que percibe la persona trabajadora y depende del importe del sueldo bruto anual, la situación familiar del trabajador, el tipo de contrato y su duración.
Por tanto, una subida del salario anual bruto supondrá un aumento del tipo de retención en concepto de IRPF en la nómina.
El salario bruto, como hemos dicho, es uno de los factores que se tienen en cuenta al calcular la retención del IRPF, la cual, en este caso en concreto, se divide en 2 partes:
- El porcentaje de retención del IRPF que se realiza a “nivel estatal” (cuya recaudación va a parar a las arcas del Estado).
- El porcentaje de retención del IRPF que se realiza a “nivel autonómico” (cuya recaudación va a parar a las autonomías).
De esta forma, la retención del IRPF en 2023, en cada caso, es:
Base aplicable |
Tipo Estatal |
Tipo Autonómico |
Tipo Total (%) |
Desde 0 € a 12.450 € |
9,5 % |
9,5 % |
19 % |
Desde 12.451 € a 20.200 € |
12 % |
12 % |
24 % |
Desde 20.201 € a 35.200 € |
15 % |
15 % |
30 % |
Desde 35.201 € a 60.000 € |
18,5 % |
18,5 % |
37 % |
Desde 60.001 € a 300.000 € |
22.5 % |
22.5 % |
45 % |
Más de 300.000 € |
24,5 % |
22,5 % |
47 % |
Para obtener el tipo de retención por IRPF aplicable es recomendable utilizar la calculadora de retenciones que la AEAT pone a nuestra disposición.
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