Se debate el tratamiento del IVA intracomunitario

IVA - INEAF

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4/03/2016

La Comisión Europea, viene debatiendo y replanteando últimamente cambios en la tributación del IVA de las operaciones intracomunitarias.

Si recordamos, en el funcionamiento actual, cuando un empresario o profesional realiza una venta de bienes o prestación de servicios a un empresario o profesional de la Comunidad Europea, el primero no imputa el IVA, es decir, el vendedor no repercute IVA en su factura. De este modo, el que adquiere el bien o aquél a quien se le preste el servicio, deberá soportar y autorrepercutir el IVA, es la llamada inversión del sujeto pasivo.

Lo que está estudiando la Comisión Europea es eliminar este sistema actual. Así, la Administración del país origen, la del vendedor o prestador de servicios, deberá de recaudar el IVA en nombre del país de destino, eliminando así la inversión del sujeto pasivo.

IVA - INEAFSegún Bruselas, el modelo actual del IVA intracomunitario facilita el fraude. Alrededor de unos 50.000 millones de euros se pierden en recaudación, siendo España el segundo país que más recauda.

El nuevo sistema obligará así a ampliar la colaboración entre las distintas Haciendas nacionales además de una nueva tramitación más compleja.

Esta nueva propuesta se espera que esté elaborada para esta primavera para someterla a votación por los distintos ministros de economía de la Unión Europea.

Nuestro ministro, Cristóbal Montoro, prefiere seguir con el modelo actual, aplicando el impuesto en el país de consumo pero trasladando la recaudación al país de origen de la mercancía o servicio, visión que, al parecer, comparte la Comisión Europea según ha expresado Valdis Dombrovskis, vicepresidente de la Comisión. Otros tantos, sin embargo, defienden que la nueva propuesta, tras un gran esfuerzo, merecerá la pena.

Aun así, no nos queda más que esperar a ver si esta gran reforma, será finalmente llevada a cabo. Mientras tanto, las operaciones intracomunitarias, tributan en destino.

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