¿Se puede ir a la cárcel por deudas con Hacienda?

Se puede ir a la cárcel por deudas con Hacienda

Si te has preguntado si se puede ir a la cárcel por deudas con Hacienda, la respuesta es que sí, pero esto solo ocurre bajo determinadas circunstancias que, a continuación, comentaremos. Asimismo, abordaremos algunos aspectos adicionales sobre las penas privativas de libertad del deudor, así como la ley de segunda oportunidad, una alternativa para renegociar o exonerarse de las deudas.  

Obligaciones fiscales y Código Penal español 

Las obligaciones fiscales en España afectan tanto a particulares y autónomos como empresas de mayor envergadura. En ese sentido, las personas físicas y jurídicas se encuentran en obligación de cumplir con sus deberes fiscales, en los que se incluyen los pagos de impuestos. Si bien las sanciones pueden incluir multas según el caso, también es posible la imposición de penas de cárcel una vez constatado el fraude contra la Administración Pública. 

Estas medidas estas establecidas en el Código Penal español, precisamente en el art. 305. Este artículo indica lo siguiente: “El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma […], será castigado con pena de prisión […] y multa […]”. 

Entonces, ¿desde qué cuantías se considera delito fiscal? Las cuantías superiores a los 120 000 euros entran en esta tipificación. Además, el art. Señala lo siguiente: “Si la cuantía defraudada no superase los cien mil euros, pero excediere los diez mil, se impondrá una pena de prisión de tres meses a un año”. 

¿Cuáles son las penas por las deudas con hacienda? 

Estas son las penas: 

  • Pena privativa de la libertad de entre 1 y 5 años (prisión). 
  • Multa de hasta el séxtuplo de la cuantía adeudada. 
  • Incapacidad de acogerse a ayudas o subvenciones de la Seguridad Social en un plazo de 3 a 6 años. 
  • La pena de prisión puede incrementarse a 6 años si se defraudan montos superiores a 600 000 euros (crimen organizado).

Deudas con hacienda: ¿cuándo es posible la exención? 

La exención es posible siempre y cuando se cumplan con las obligaciones tributarias antes de las siguientes circunstancias: notificación de inicio de actuaciones, interposición de denuncia o querella, o conocimiento del inicio de diligencias. 

Casos en los que hay cárcel por deudas 

Junto con las penas por las deudas con Hacienda, el Código Penal define claramente las circunstancias bajo las que un deudor puede enfrentarse a la cárcel. 

Insolvencia punible 

¿En qué consiste la insolvencia punible? Tiene que ver con la constatación de que alguien declarado insolvente ante un juez tiene medios (ingresos o bienes) para cumplir con sus obligaciones económicas con Hacienda. Ahora bien, también se pueden incurrir en este delito cuando se presenta una solicitud fraudulenta para acogerse a la ley de segunda oportunidad. 

Pena de cárcel: entre 1 y 6 años (art. 259). 

Abandono de familia 

Se entiende por abandono de familia al incumplimiento de obligaciones con cónyuges o hijos, a quienes se les debiera ingresar pensiones o compensaciones dinerarias según lo establecido por la sentencia que lo ordena. 

Pena de cárcel: entre 3 meses y un año (art. 227). 

Multas de hasta 24 meses. 

Delitos económicos 

Se incurre en estos delitos cuando se adquiere una deuda para no pagarla o cuando se ocultan los bienes para evitar el embargo. 

Pena de cárcel: 

  • Estafa. Entre 6 meses y 3 años (art. 248). 
  • Alzamiento de bienes. Entre 1 y 4 años (art. 257) 

¿En qué consiste la ley de la segunda oportunidad? 

La ley de segunda oportunidad fue aprobada por el “Real Decreto-ley 1/2025, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financia y otras medidas de orden social”. El objetivo de esta medida es brindar un marco jurídico para brindar socorro a quienes, ya sean particulares o autónomos, se encuentren en situación próxima o declarada de insolvencia. 

El procedimiento incluye la renegociación de la deuda, de tal modo que, por un lado, la persona involucrada pueda asumir nuevas iniciativas económicas y, por otro lado, los acreedores reciban una parte de la deuda. En el caso de las deudas públicas, estas pueden exonerarse totalmente si no están asociadas a pensiones alimenticias o pago de remuneraciones a trabajadores. 

Ahora bien, ¿cuáles son las ventajas de esta ley? 

  • Procedimiento simplificado.
  • Reestructuración de deuda con un plan de pagos. 
  • Acuerdo de condiciones con los acreedores.
  • Venta de bienes para el pago y protección de vivienda habitual. 
  • Exoneración de pagos con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Eliminación de los ficheros del CIRBE. 

Requisitos para acogerse a esta ley 

Estas son las condiciones para acogerse a los beneficios de la ley de segunda oportunidad: 

  • Encontrase endeudado con uno o más acreedores. 
  • Presentar las pruebas que demuestran la insolvencia 
  • Demostrar que la situación no fue provocada intencionalmente 
  • Carecer de condenas por delitos económicos en los últimos 10 años 
  • No haberse beneficiado de esta ley en los últimos 5 años 

Este marco legal proporciona una herramienta valiosa para quienes, enfrentando dificultades financieras, buscan rehacer sus vidas sin la carga de la deuda.

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