Tratamiento contable de las Fianzas en los contratos de arrendamiento – Tribuna INEAF

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Cuando firmamos un contrato de arrendamiento, lo usual es tener que entregar una fianza al arrendador que nos será devuelta una vez terminado el contrato. Las fianzas constituidas tanto para los arrendamientos o como para cualquier otro servicio vienen recogidas en el Plan Contable en las cuentas (260) “fianzas constituidas a largo plazo” y (560) “Fianzas constituidas a corto plazo” y su movimiento se determina de la siguiente manera

a)      Se cargará a la constitución por el valor razonable del activo financiero, con abono a cuentas del 57

b)      Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso con abono a la 762

Con esto entendemos que el valor de la fianza que se estipula en el contrato lo consideramos como valor final, que es el que nos tendrán que devolver, pero que en el momento inicial debemos contabilizarla por el valor razonable o valor actual en ese momento. El problema es que ese valor no va a coincidir con el efectivo entregado y no nos va a cuadrar el asiento

  Debe Haber
(260) Fianzas constituidas l/p (valor razonable)  
(572) Banco c/c (valor reembolsado)  
(¿?) ¿Diferencia?  

Será el apartado 5.6 de la norma 9 de Registro y Valoración quien nos ayude a cómo hacerlo.

“En las fianzas entregadas o recibidas por arrendamiento operativo o por prestación de servicios la diferencia entre su valor razonable y el importe desembolsado se considera como un pago o cobro anticipado por el arrendamiento o prestación del servicio, que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias conforme a lo establecido en el apartado dos de la norma relativa al inmovilizado”

Con esto, sabemos que la cuenta a anotar por “(¿?) diferencia” va a ser, si la fianza es constituida, la (480) Gastos Anticipadosfianzas - INEAF

Y ahora me dice, que estos gastos anticipados se deben de llevar a pérdidas y ganancias según la norma 2 del arrendamiento. Esta dice lo siguiente:

“cualquier cobro o pago que pudiera hacerse al contratar un derecho de arrendamiento operativo, se tratará como un cobro o un pago anticipado qu ese imputará a resultados a lo largo del periodo de arrendamiento…”

Es decir, la (480) la pasaremos a resultados durante la duración del contrato.

Lo vemos con un ejemplo

Firmamos un contrato de arrendamiento para lo cual no exigen la constitución de una fianza por un importe de 3.000 euros. La duración del contrato será de tres años y el pago de la cuota será mensual de 200 euros. El tipo de interés será del 5%

– Por la constitución de la Fianza

  Debe Haber
(260) Fianzas constituidas l/p (valor razonable) 2.591,51€  
(480) Gastos Anticipados 408,48€  
(572) Banco c/c (valor reembolsado)   3.000€

(260) = valor actual de la fianza 3.000 (1+0.05) – 3 = 2.591,51

(480) = 3.000 – 2.591,51 -= 408,48

– Por el pago de las cuotas

  Debe Haber
(621) Arrendamientos 200€  
(472) H.P. IVA Soportado 42€  
(572) Banco c/c (valor reembolsado)   242€

– Al cierre del primer año

a) Por el ingreso financiero devengado por la actualización de la Fianza

  Debe Haber
(260) Fianzas constituidas a largo plazo

(2.591,51 x 0,05)

129,57€  
(762) Ingresos de créditos   129,57€

b) Por la parte de los gastos financieros imputados a pérdidas y ganancias

  Debe Haber
(621) Arrendamientos

(408,48/3 años)

136,16€  
(480) Gastos anticipados   136,16€

– Al cierre del segundo año

a) Por el ingreso financiero devengado por la actualización de la Fianza

  Debe Haber
(260) Fianzas constituidas a l/p

(2.591,51 + 129,57) x 0,05

136,05€  
(762) Ingresos de créditos   136,05€

b) Por la parte de los gastos financieros imputados a pérdidas y ganancias

  Debe Haber
(621) Arrendamientos

(408,48/3 años)

136,16€  
(762) Ingresos de créditos   136,16€

c) Por la reclasificación de plazos

  Debe Haber
(560) Fianzas constituidas a corto plazo

(2.591,51 + 129,57 + 136,05)

2.857,13€  
(260) Fianzas constituidas a l/p

 

  2.857,13€

– Al cierre del tercer año

a) Por el ingreso financiero devengado por la actualización de la Fianza

  Debe Haber
(560) Fianzas constituidas a largo plazo

(2.857,13 x 0.05)

142,86€  
(762) Ingresos de créditos   142,86€

b) Por la parte de los gastos financieros imputados a pérdidas y ganancias

  Debe Haber
(621) Arrendamientos

(408,48/3 años)

136,16€  
(480) Gastos anticipados   136,16€

c) Por el cobro de la fianza

  Debe Haber
(572) Banco c/c 3.000€  
(560) Fianza Constituida   3.000

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