Como cada año, os contamos como tributan los premios de lotería en 2022.
Están sujetos a un impuesto mediante gravamen especial y no se integran en la base imponible del IRPF, los siguientes premios:
- Los premios obtenidos de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas.
- Los premios obtenidos de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española.
- Los premios obtenidos de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).
- Los premios de las loterías, apuestas y sorteos organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades antes señalados.
El resto de premios (distintos de los que acabamos de enumerar) estarán sujetos a IRPF, se consideran ganancias patrimoniales y se integran la base imponible general del impuesto.
El gravamen especial se exige de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiados.
Cuantías exentas de tributación de los premios de lotería 2022
Están exentas las siguientes cuantías de los premios sujetos al gravamen especial:
Estarán exentos del gravamen especial los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000€. Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000€ se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.
Esta exención será de aplicación siempre que la cuantía del décimo, fracción, cupón de lotería o de la apuesta efectuada, sea de, al menos, 0,50€. En caso de que fuera inferior a 0,50€, la cuantía máxima exenta se reducirá de forma proporcional.
En el supuesto de que el premio fuera de titularidad compartida, la cuantía exenta se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda.
Determinación del importe de la deuda tributaria de los premios de lotería
La base imponible del gravamen especial estará formada por el importe del premio que exceda de la cuantía exenta (40.000€ ). Si el premio fuera en especie, la base imponible será aquella cuantía que, una vez minorada en el importe del ingreso a cuenta, arroje la parte del valor de mercado del premio que exceda de la cuantía exenta prevista.
La cuota íntegra del gravamen especial será la resultante de aplicar a la base imponible el tipo del 20%. Dicha cuota se minorará en el importe de las retenciones o ingresos a cuenta.
El gravamen especial se devengará en el momento en que se satisfaga o abone el premio obtenido.
El porcentaje de retención o ingreso a cuenta será el 20%. La base de retención o ingreso a cuenta vendrá determinada por el importe de la base imponible del gravamen especial.
Ejemplo de cálculo de la tributación del primer premio de la lotería de navidad 2022
El agraciado con el primer premio de lotería de navidad que asciende a 400.000€ por décimo, cobrará un total de 400.000 – [(400.000 – 40.000) x 20%]= 400.000 – 72.000 = 328.000€.
Por tanto, el importe del impuesto asciende a 72.000€.
Liquidación de los premios de lotería
Los contribuyentes que hubieran obtenido los premios están obligados a presentar una autoliquidación por este gravamen especial, determinando el importe de la deuda tributaria correspondiente, e ingresar su importe
No obstante, no existirá obligación de presentar la citada autoliquidación cuando el premio obtenido hubiera sido de cuantía inferior al importe exento o se hubiera practicado retención o el ingreso a cuenta.
Con carácter general, la obligación de autoliquidar incumbe a los sujetos obligados a retener o ingresar a cuenta.
Lo harán a través del modelo 230 de autoliquidación del gravamen sobre los premios procedentes de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.
La presentación del modelo, así como el ingreso de su importe en el Tesoro Público, salvo cuando se domicilie el pago, se efectuará en los veinte primeros días naturales de cada mes en relación con las cantidades y los ingresos a cuenta que correspondan a premios pagados el mes inmediato anterior.
Por otro lado, tendrán que presentar el modelo 136 procediendo por tanto a autoliquidar e ingresar en el Tesoro el gravamen especial los contribuyentes que hubieran obtenido los premios, cuando tales premios no hubieran sido objeto de la retención o ingreso a cuenta.
La presentación podrá tener lugar por vía telemática o por papel preimpreso descargado de la página web de la AEAT.
Tributación de la Lotería del Niño: premios y gravámenes especiales
El próximo día 6 de enero es la Lotería del Niño, se repartirán 700 millones de euros en premios. Como sucede con el resto de premios están sujetos a gravamen por parte de la Agencia Tributaria. En el artículo de hoy profundizamos en la tributación de la Lotería del Niño y veremos a través de algunos ejemplos el importe de los distintos premios después de aplicar el gravamen especial.
Gravamen especial de las loterías y apuestas del estado
Están sujetos a un impuesto mediante gravamen especial y no se integran en la base imponible del IRPF, los premios obtenidos de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las comunidades autónomas. Por tanto, la Lotería del Niño está sujeta a este gravamen especial.
Cálculo de la tributación de la Lotería del Niño
El afortunado con el primer premio de Lotería del Niño que asciende a 200.000€ por décimo, cobrará un total de 168.000€.
200.000 – [(200.000 – 40.000) x 20%]= 200.000 – 32.000 = 168.000€.
Por tanto, la Agencia tributaria se llevaría 32.000€
El premiado con segundo premio de Lotería del Niño que asciende a 75.000€ por décimo, cobrará un total de 68.000€.
75.000 – [(75.000 – 40.000) x 20%]= 75.000 – 7.000 = 68.000€.
Por tanto, la Agencia tributaria se llevaría 7.000€
El agraciado con el tercer premio de Lotería del Niño que asciende a 25.000€ se encuentra exento de tributación dado que está por debajo del mínimo exigido. Por tanto, cobrará los 25.000€ íntegros.
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