MATERIAL DIVULGATIVO DE Contabilidad

Impuesto sobre Beneficios

El Impuesto sobre Beneficios o Impuesto sobre Sociedades es el objetivo fiscal que persigue la contabilidad financiera.

Sin entrar mucho en detalles fiscales, ya que estos pueden consultarse en el apartado del Impuesto sobre Sociedades de nuestro Material Divulgativo, daremos unas pinceladas al mismo que nos servirán para realizar un ejemplo completo de los ajustes y desajustes que conlleva su contabilización.

Al cierre del ejercicio de una empresa debemos calcular un impuesto sobre el beneficio obtenido, es decir, sobre el Resultado de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Debido a la diferencia entre el criterio fiscal y el criterio contable respecto de la deducibilidad de los gastos o imputabilidad de los ingresos, debemos realizar una serie de ajustes que desembocarán en el resultado del ejercicio fiscal sobre el cual aplicaremos el impuesto.

Las diferencias que pueden existir entre el resultado contable y el fiscal, y que nos van a obligar a realizar una serie de ajustes son:

Diferencias Permanentes:

Son aquellas producidas entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos que no revierten en periodos subsiguientes (gastos fiscalmente no deducibles e ingresos fiscalmente no imputables:

  Ejemplos:

  • Multas y sanciones.
  • Donaciones.
  • El Impuesto sobre Sociedades.

Diferencias Temporarias:

Son aquellas producidas entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos, cuyo origen radica en las diferencias de criterio temporal de imputación, y que revierten en periodos subsiguientes.

El ejemplo más significativo es el de la amortización.

Pérdidas compensadas

Son pérdidas que a efectos contables no son consideradas, y que fiscalmente se integran para el cálculo de la base imponible.

Para realizar los ajustes seguiremos la siguiente estructura:

Concepto

Implicación Contable

Resultado Contable del Ejercicio

 

(+/-) Diferencias Permanentes

 

Resultado Contable Ajustado

 

(+/-) Diferencias Temporarias

35% del importe se ajusta en la (4740) ó (479)

Resultado Fiscal

 

(-) Bases imponibles negativas de ejercicios anteriores con el límite máximo del Resultado Fiscal

 

Base Imponible

 

Cuota Íntegra (aplicamos el tipo de gravamen a la Base Imponible)

 

(-) Deducciones y Bonificaciones

 

Cuota líquida

Cuenta (6300)

(-) Retenciones y Pagos a cuenta

Cuenta (473)

Cuota Diferencial

(4752) Si es positiva

(4709) Si es negativa

 

 

Artículos de Tribuna INEAF relacionados

Todo lo que debes saber sobre los bonos convertibles contingentes o CoCos
smi
19/12/2024
Intraemprendimiento: impulsando la innovación desde dentro de la empresa
Tribuna Laboral
18/12/2024
¿Qué pasa si la empresa no tiene dinero para indemnizar tu despido?
Tribuna Mercantil
17/12/2024