Nos podemos encontrar con contratos que tendrán bonificación bien en contingencias comunes, bien en todas las contingencias; eso sí, sólo sobre la cuota empresarial y, para ello, el procedimiento siempre será el mismo, con lo cual, haremos un breve esquema a modo de recordatorio del procedimiento a seguir.
1º.- Cuando la bonificación sea solo en la cuota empresarial por contingencias comunes como pueda ocurrir en un Contrato Indefinido de un hombre con 56 años de edad suscrito el 20.05.2006.
Este tipo de contrato sería el correspondiente a Contratos para Mayores de 45 años acogido a fomento de empleo. La bonificación aplicable sería la correspondiente a la Ley 12/2001 (en vigor en los contrato realizados desde el 04.03.2001 hasta el 30.06.2006 ambos incluidos) del 50% sobre la cuota empresarial de contingencias comunes. Dicha bonificación se realiza con cargo al INEM (clave 07).
Cálculo de la Bonificación:
Supongamos que tiene una B c/c de 1.000,00
B c/c: 1.000,00 al 23.60% = 236,00
Cuota empresarial 236,00 se bonifica el 50% = 118,00 €
Cuantía bonificada: 118,00 € |
La información sobre bonificaciones será plasmada en el modelo TC2, dentro del apartado Deducciones o compensaciones, de la siguiente manera:
Clave = 07 Importe = 118,00 € Fecha = 200506 A su vez, la suma de cuantías con clave 07, 10, 11, 13, 16, 19 y 20 pasarán al TC, a la casilla 601 |
|
TC2 |
TC1 |
BONIFICACIONES Y REDUCCIONES CON CARGO AL INEM |
Suma de todos los importes que tengan clave 07, 10, 11, 13, 16, 19 y 20 |
El importe total irá a la casilla 601 |
2º.- Cuando la bonificación sea en la cuota empresarial pero de todas las contingencias (B c/c y B at/ep), como pueda ocurrir en los Contratos Indefinidos con personas discapacitadas, el procedimiento a seguir será:
Supongamos el contrato acogido a fomento de empleo de un hombre con 35 años el día de la contratación, suscrito el 07.05.2005, auxiliar administrativo, con lo cual la bonificación aplicable sería la correspondiente al Real Decreto 1451/83 (en vigor para todos los contratos suscritos hasta el 30.06.2006 incluidos) del 70% sobre los costes empresariales en todas las contingencias (tanto comunes Bc/c, como profesionales Bat/ep IT, IMS y DFP). Dicha bonificación es con cargo al INEM (clave 07).
Cálculo de la Bonificación:
B c/c: 1000,00 al 23.60% = 236,00
Cuota empresarial 236,00 se bonifica el 70% = 165,20 €
IT: 1100,00 al 0.65% = 7,15
Cuota empresarial 7,15 se bonifica el 70% = 5,00 €
IMS: 1100,00 al 0.35 % = 3,85
Cuota empresarial 3,85 se bonifica el 70% = 2,69 €
DFP: 1100,00 al 06.30% (5,5 D + 0,2 FOGASA + 0,6 F.P.) = 69,30
Cuota empresarial 69,30 se bonifica el 70% = 48,51 €
Cuantía bonificada: 221,00 € |
La información sobre bonificaciones será plasmada en el modelo TC2, dentro del apartado Deducciones o compensaciones, de la siguiente manera:
Clave = 07 Importe = 221,40 € Fecha = 070505 A su vez, la suma de cuantías con clave 07 pasarán al TC1 a la casilla 601 |
|
TC2 |
TC1 |
BONIFICACIONES Y REDUCCIONES CON CARGO AL INEM |
Suma de todos los importes que tengan clave 07, 10, 11, 13, 16, 19 y 20 |
El importe total irá a la casilla 601 |
3º.- Cuando la bonificación sea con cuotas fijas, supongamos un contrato de persona discapacitada de 45 años de edad suscrito el 08.03.2012 acogido a la ley 43/2006 (en vigor para los contratos realizados desde el 01.01.2007 hasta la fecha) de 5.700 € año, es decir 475 € mes, esta cuantía solo será deducible siempre que los costes empresariales superen la cuantía de los 475 €, si los costes empresariales fuesen inferiores, se aplicarían como máximo para bonificar los costes reales empresariales, nunca la cuota fija superior. Dicha bonificación es con cargo al INEM (clave 07).
Veamos un ejemplo para este caso con bases, cálculo de los costes empresariales para Bc/c: 867,00, Bat/ep: 887,43 y auxiliar administrativo:
B c/c: 867.00 al 23,60% = 204.61
IT: 887.43 al 0,65% = 5.76
IMS: 887.43 al 0,35% = 3,10
DFP: 887.43 al 6,30% = 55,90
Coste empresarial: 269,37 € Esto significa que aunque por ley le corresponde 475,00 €, al ser los costes empresariales inferiores, sólo se pueden deducir 269,37 € Cuantía Bonificada: 269,37 € |
Clave = 07 Importe = 269,37 € Fecha = dd/mm/aa A su vez la suma de cuantías con clave 07 pasarán al TC1 a la casilla 601 |
|
TC2 |
TC1 |
BONIFICACIONES Y REDUCCIONES CON CARGO AL INEM |
Suma de todos los importes que tengan clave 07, 10, 11, 13, 16, 19 y 20 |
El importe total irá a la casilla 601 |