MATERIAL DIVULGATIVO DE Mercantil

Trámites de puesta en marcha de cualquier tipo de sociedad

 

 

CONCEPTO

LUGAR

DOCUMENTO

PLAZO

VALIDEZ

1. SOLICITUD DEL CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL DEFINITIVO

La empresa queda identificada a efectos fiscales por medio del número que se le entrega

Administración de la AEAT del domicilio de la empresa

  • Modelo oficial (036) facilitado en Hacienda
  • Fotocopia de DNI o NIF de la persona solicitante si es socia o poder notarial si no lo es
  • Escritura Pública de constitución tras su inscripción en el Registro Mercantil Provincial

6 meses desde la solicitud del CIF en constitución

Hasta la disolución de la sociedad

2. DECLARACIÓN CENSAL

Documento que informa sobre las características de la actividad, del local y de la modalidad tributaria escogida

Se realiza al comienzo, cambio o cese de la actividad

 

Administración de la AEAT del domicilio de la empresa

  • Modelo oficial (036) facilitado en Hacienda y debidamente cumplimentado
  • DNI del solicitante si es socia o poder notarial si no lo es
  • Fotocopia del CIF de la sociedad
  • IAE
  • Copia de la Escritura

Antes del inicio de la actividad

Hasta la modificación, cambio o cese de la actividad

3. ADQUISICIÓN Y SELLADO DE LOS LIBROS DE CONTABILIDAD DE LA SOCIEDAD

Todo empresario debe llevar una contabilidad clara y real de su empresa

Se adquieren en las papelerías y se sellan en el Registro Provincial Mercantil del domicilio de la empresa

  • Impreso oficial por duplicado
  • Libros correspondientes para su sellado:
  • Libro diario
  • Libro de inventario y de cuentas anuales
  • Libro de actas
  • Libro de registro de socios

Antes del inicio de la actividad

Hasta el cese de la sociedad

4. ALTA EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Cotizan en este régimen aquellas personas que realizan de forma habitual, personal y directa una actividad económica, sin sujeción a contrato de trabajo por realizar dicha actividad. Se paga mensualmente

Administración de la Tesorería de la Seguridad Social del domicilio de la empresa

  • Impreso oficial por cuadruplicado
  • Impreso oficial (P-1) por duplicado si tiene beneficiarios a su cargo
  • Original y fotocopia de:
  • Declaración censal
  • CIF de la sociedad
  • Escritura Pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil
  • Baja en autónomos si se ha cotizado antes en este régimen
  • DNI del solicitante si es socio, o poder notarial si no lo es

 

30 días hábiles siguientes al alta en la Declaración censal

Hasta la baja de la actividad

5. INSCRIPCIÓN DE LA SOCIEDAD EN LA SEGURIDAD SOCIAL (Sólo si se va a contratar trabajadores)

Obligatorio para todo empresario que vaya a contratar personal, asignándole un número identificativo para la cotización de las personas que se tengan contratadas

Administración de la Tesorería de la Seguridad Social del domicilio de la empresa

  • Impreso oficial de la inscripción (TA-6) por triplicado
  • Propuesta por duplicado de la Mutua Patronal elegida o impreso oficial (3 ejemplares) si acoge a la de la Seguridad Social

- Original y fotocopia de:

  • CIF de la Sociedad.
  • DNI de la persona solicitante si es socia o poder notarial si no lo es
  • Escritura Pública de constitución inscrita en el Registro Mercantil
  • Declaración Censal

Antes o al mismo tiempo de realizar la cotizaciones

Hasta la baja de las personas contratadas, cambio o cese de la actividad

6. AFILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN EL SEGURIDAD SOCIAL

Todo empresario debe afiliar a las personas que van a ser contratadas y no han cotizado nunca en algún régimen de la Seguridad Social. La persona sólo se afilia a la Seguridad Social una vez

Administración de la Tesorería de la Seguridad Social del domicilio de la empresa

  • Impreso oficial de afiliación de alta por duplicado y firmado por el trabajador

Fotocopia de:

  • DNI del trabajador
  • Impreso oficial de inscripción de la empresa en la Seguridad Social

Antes de comenzar la prestación de servicios por parte del trabajador

El número de afiliación será para siempre

7. ALTA DE LOS TRABAJADORES EN EL RÉGIMEN GENERLA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Todo empresario tiene que dar de alta en este tipo de régimen a las personas que vayan a trabajar en la empresa

Administración de la Tesorería de la Seguridad Social del domicilio de la empresa

  • Impreso oficial de alta por duplicado del trabajador y firmado por él

Fotocopia de:

  • DNI trabajador
  • Impreso de inscripción de la empresa en la Seguridad Social

Antes de comenzar la prestación de servicios por parte del trabajador

Hasta la baja de la/s persona/s contratada/s

8. COMUNICACIÓN DE LA APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO

Toda empresa debe informar a la autoridad laboral de la apertura del centro de trabajo, cualquiera que sea la actividad a desarrollar y tenga o no personas contratadas

Dirección General de Trabajo

  • Impreso oficial por cuadruplicado

30 días siguientes al inicio de la actividad

Hasta el cierre del centro de trabajo

9. ADQUISICIÓN Y SELLADO DEL LIBRO DE VENTAS

Libros de visitas con los datos de la empresa, donde se anotarán las posibles inspecciones de trabajo

 

Compra en librerías y legalización en Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del domicilio de la empresa

 

  • Libro de visitas (con los datos de la empresa)

30 días siguientes al inicio de la actividad

Hasta la modificación cambio o cesión de la sociedad el Libro de Visitas y hasta la baja de las personas contratadas el Libro de Matrícula

10. SOLICITUD DE LICENCIA DE APERTURA DE ACTIVIDADES E INSTALACIONES

Licencia municipal que acredita la adecuación de las instalaciones proyectadas a la normativa urbanística vigente y a la reglamentación vigente y a la reglamentación técnica que puede serle aplicable. Existen siete clases distintas.

Ayuntamiento o Junta Municipal del domicilio de la empresa

  • Impreso oficial facilitado en el Ayuntamiento
  • Declaración censal
  • Escritura Pública de la sociedad
  • CIF de la sociedad
  • Contrato de alquiler o escritura de propiedad del local
  • Fotocopia de la licencia municipal en vigor
  • DNI de la persona solicitante
  • (El resto de documentación que el departamento técnico solicite)

Antes del inicio de la actividad

Hasta 6 meses desde la concesión de la licencia

 

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