Aplazamiento de deuda tributaria
En España, es posible solicitar el aplazamiento de deudas tributarias a través de un procedimiento regulado por la Agencia Tributaria. Este aplazamiento permite al contribuyente diferir el pago de sus deudas tributarias, de forma que pueda hacer frente a ellas en plazos y condiciones más favorables.
Solicitar el aplazamiento de una deuda tributaria es muy sencillo, pues puede realizarse desde la propia web de la Agencia tributaria, que pone a disposición de los contribuyentes el procedimiento para realizar la solicitud e indicar los motivos por el que la realizan
Una vez realizada la solicitud, la Agencia Tributaria tiene la facultad de aceptarla o denegarla, o bien, imponer condicione adicionales. Algunos de los factores que se tienen en cuenta para tomar una decisión son la situación económico financiera del contribuyente, la cuantía de la deuda y la existencia de garantías adicionales.
Además, es fundamental cumplir con ciertos requisitos para poder solicitar el aplazamiento. Entre ellos, destacan:
- Que el contribuyente esté al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Que se justifique la imposibilidad de pago de la deuda en el plazo establecido.
- Que no se hayan presentado solicitudes anteriores de aplazamiento que aún estén pendientes de resolución.
Es importante mencionar que, en caso de que la Agencia Tributaria deniegue la solicitud de aplazamiento, existen mecanismos de recurso y de revisión de la decisión.
Es recomendable asesorarse adecuadamente antes de solicitar un aplazamiento de deudas tributarias, ya que cada caso puede ser diferente y las normativas pueden cambiar con el tiempo. En este sentido, se recomienda contactar con un asesor fiscal o consultar directamente la normativa vigente de la Agencia Tributaria para obtener información actualizada y precisa sobre los requisitos y procedimientos aplicables.
En caso de que se conceda el aplazamiento de la deuda tributaria, normalmente se aplicarán intereses. Estos intereses se generan desde la fecha en que vencía el plazo de pago hasta el momento en que se realiza el pago efectivo de la deuda.
En caso de que se ofrezca un aval como garantía, el interés que se aplicará en el aplazamiento será el interés legal del dinero. Si la moratoria se aplica sin garantías, se aplicará el interés de demora. Estos tipos de interés serán fijados por Hacienda de forma anual.
En el caso de aplazamiento de deudas tributarias que excedan de 50.000€, la administración exige la contratación de un seguro de Caución en virtud de lo expuesto en el artículo 82 de la Ley 58/2003.
El seguro de caución es un contrato de seguro en el cual una entidad aseguradora se compromete a responder económicamente frente a un incumplimiento contractual por parte del tomador del seguro, garantizando así el cumplimiento de las obligaciones asumidas por este último.
En otras palabras, el seguro de caución actúa como una garantía financiera que respalda el cumplimiento de una obligación contractual. Si el tomador del seguro no cumple con sus compromisos, el beneficiario de la garantía (por ejemplo, un contratista, un arrendador, una entidad pública, etc.) puede hacer una reclamación a la entidad aseguradora para obtener el pago de la indemnización correspondiente.
Hacer uso de los aplazamientos de la deuda tributaria suele ser mucho más económico que acudir a la financiación privada que ofrecen las entidades financieras, pues el tipo de interés que éstas ofrecen es mucho más elevado, por lo que el coste financiero es mucho mayor.
Contar con este recurso es muy importante para las empresas, ya que les permite realizar pagar los impuestos sin perder liquidez, pues recordemos que éstos deben abonarse conforme el criterio del devengo, es decir, que deberán abonarse en el momento en que nazca la obligación tributaria, con independencia de cuando se cobre, por lo que es muy importante de cara a una correcta gestión económico-financiera.