Calendario del contribuyente
Cuando hablamos del calendario del contribuyente, nos referimos a aquellas fechas en los que los obligados tributarios deben cumplir con sus obligaciones fiscales, mediante la presentación y liquidación de los distintos impuestos y modelos informativos que deben presentar en plazo y forma los sujetos pasivos de los impuestos, ya sean empresas o personas físicas.
Todos los años, la agencia tributaria poner a disposición de los contribuyentes el calendario fiscal con la fechas clave en las que deben atenderse estas obligaciones tributarias. Así pues, el calendario del contribuyente establecido en España por la Agencia Tributaria en su portal web es el siguiente:
Primer trimestre
Hasta 20 enero:
Modelo 111 de retenciones del personal empleado y actividades profesionales.
Modelo 115 de declaración de retenciones practicadas al alquiler.
Hasta 30 enero:
Modelo 303, liquidación impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Modelo 130: pago a cuenta de actividades económicas IRPF en estimación directa.
Modelo 131: pago a cuenta de actividades económicas IRPF en estimación objetiva
Modelo 390: Resumen anual de liquidaciones de IVA.
Modelo 349, declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias.
Hasta 31 de enero:
Modelo 180, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 115 retenciones de alquileres.
Modelo 184, declaración informativa anual que resume los ingresos, gastos y beneficio obtenido por algunas sociedades no mercantiles.
Modelo 190, resumen anual de las liquidaciones trimestrales retenciones de personal y profesionales (mod 111).
Del 01 al 28 de febrero:
Modelo 347: Declaración informativa de operaciones con terceros que superen los 3.005,06 €.
Del 01 de marzo hasta el 31 de marzo
Modelo 720: Declaración informativa de bienes y derechos ubicados en el extranjero.
Segundo trimestre:
Del 1 de abril hasta el 20 de abril:
Modelo 111 de retenciones del personal empleado y actividades profesionales.
Modelo 115 de declaración de retenciones practicadas al alquiler.
Modelo 303, liquidación impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Modelo 130: pago a cuenta de actividades económicas IRPF en estimación directa.
Modelo 131: pago a cuenta de actividades económicas IRPF en estimación objetiva
Modelo 202: Pago trimestral a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.
Modelo 309, IVA. Liquidación no periódica de determinadas operaciones sujetas a IVA.
Modelo 349, declaración informativa de operaciones intracomunitarias.
Hasta el 30 de abril:
Legalización libros contables en el Registro Mercantil (impuesto sobre sociedades)
Del 11 de abril al 30 de junio:
Modelo 100: Declaración del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas.
Modelo 714: Impuesto de patrimonio.
Tercer trimestre
Hasta el 20 de Julio :
Modelo 111 de retenciones del personal empleado y actividades profesionales.
Modelo 115 de declaración de retenciones practicadas al alquiler.
Modelo 303, liquidación impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Modelo 130: pago a cuenta de actividades económicas IRPF en estimación directa.
Modelo 131: pago a cuenta de actividades económicas IRPF en estimación objetiva
Modelo 309, IVA. Declaración – Liquidación no periódica.
Modelo 349, declaración informativa de operaciones intracomunitarias.
Modelo 369: Liquidación IVA ventas a distancia.
Hasta el 25 de julio:
Modelo 200: Liquidación del Impuesto sobre sociedades
Cuarto trimestre:
Hasta el 20 de octubre:
Modelo 111 de retenciones del personal empleado y actividades profesionales.
Modelo 115 de declaración de retenciones practicadas al alquiler.
Modelo 303, liquidación impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Modelo 130: pago a cuenta de actividades económicas IRPF en estimación directa.
Modelo 131: pago a cuenta de actividades económicas IRPF en estimación objetiva
Modelo 202: Pago trimestral a cuenta del Impuesto sobre Sociedades
Modelo 349, declaración informativa de operaciones intracomunitarias.
Modelo 369: Liquidación IVA ventas a distancia.
Hasta el 30 de noviembre
Modelo 232, declaración informativa de operaciones y situaciones vinculadas con países o territorios clasificados como paraísos fiscales.
Hasta el 20 de diciembre
Modelo 202: Pago trimestral a cuenta del Impuesto sobre Sociedades
Estas serían las obligaciones estatales periódicas con las que cuentan los contribuyentes en España, no obstante, existen otros impuestos que no se liquidan periódicamente, sino de forma puntual, por lo que las declaraciones tendrán que realizarse en el plazo que indique la normativa del correspondiente tributo.
Así mismo, existen otros impuestos de carácter local que tampoco están incluidos en el calendario del contribuyente, como puedan ser el IBI o el IVTM.