Reserva Legal

Las reservas son un elemento de autofinanciación que consiste en retener una parte de los beneficios generados por la institución con el objetivo de incrementar los fondos propios, ya sea por decisión puramente empresarial e incluso por disposiciones legales o estatutarias.

A efectos contables, esta partida se registra en el subgrupo llamado Reservas del balance. Las reservas legales cuentan, además, con una característica muy importante que deben respetarse, siendo esta la obligatoriedad de asignarse tras la aplicación del resultado.

Finalidad de la reserva legal

La finalidad principal hace alusión a la necesidad de autofinanciación y la cobertura de pérdidas. Además, las reservas posibilitan la financiación de posibles operaciones futuras o, en caso de pérdidas, estabilizar la situación (art. 273 de la Ley de Sociedades Anónimas, en lo sucesivo LSC). Las reservas son sometidas a clasificación, dependiendo de su funcionalidad, siendo, por tanto, las reservas legales, es decir, reservas previstas por la ley, o reservas estatutarias, es decir, reservas previstas en los estatutos de la sociedad. 

En relación con la finalidad de la creación de reservas, se debe recordar que las reservas se crean en el momento en que las empresas arrojan beneficios al finalizar su ejercicio económico, a los que pueden destinarse diversos fines. Estos beneficios pueden utilizarse para compensar pérdidas de ejercicios anteriores (si las hubiera), siempre que no existan otros activos o pasivos que las cubran. 

En cuanto a la reserva legal, conviene recordar que cuando las empresas tienen resultados positivos durante un ejercicio, los distribuyen según el objetivo que se les haya asignado. Esto garantiza el proceso de crecimiento, sobre todo para las empresas de tamaño pequeño y mediano, que pueden tener dificultades para obtener financiación externa debido a su limitado acceso al mercado de capitales. La misma circunstancia se aplica a las inversiones que son lo suficientemente grandes como para requerir financiación externa, sabiendo que ello conllevaría costes significativos. 

¿Cómo se gestiona la reserva legal?

En principio, por tanto, la empresa es libre de decidir cómo repartir estos beneficios. Sin embargo, existen algunas circunstancias a tener en cuenta, ya que la ley prevé que una proporción del excedente de los beneficios netos del ejercicio se destine a diversos fines, tales como la garantía de la solvencia de la empresa frente al total de deudas acreedoras, así como la seguridad de que la empresa disponga de suficientes recursos para asegurar la continuidad de su actividad.

Se puede decir, por tanto, que consiste en una especie de depósito interno de la empresa, al entenderlo como aquellos beneficios o resultados positivos que la empresa obtiene durante el ejercicio los que reponen este depósito. Así, estas reservas tendrán un destino o finalidad única y exclusiva, ya que sólo podrán utilizarse para compensar pérdidas que la empresa pueda afrontar en el futuro. Se trata de una reserva constituida específicamente para el caso de que la empresa tenga que cubrir pérdidas. La finalidad de esta reserva depende estrictamente de lo que la ley establezca para su utilización. En este sentido, según el artículo 274.1 de la LSC, se debe destinar a esta reserva un porcentaje igual al 10% del beneficio anual hasta que la reserva alcance, al menos, el 20% del capital social. 

Y, siempre que la reserva legal no supere este límite, se obliga a que solo se pueda destinar a la compensación de pérdidas cuando no existan otras reservas disponibles para este fin. Cuando la reserva alcanza ese porcentaje, a medida que se va acumulando, sigue teniendo la consideración de reserva legal, pero el excedente tiene la misma disponibilidad que las reservas voluntarias y, por tanto, puede destinarse a otros fines que la sociedad considere oportunos (art. 274.2 LSC). En otros países el porcentaje puede variar, como el caso de Colombia, quienes marcaron por ley una tasa de reserva legal del 5%.  

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