Responsabilidad civil
La responsabilidad civil es la obligación de responder a los actos que se realizan personalmente o por otras personas sobre las que se tiene el control o la autoridad, cuando éstos causan daños.
Significado de responsabilidad civil
Por tanto, la responsabilidad civil es la obligación que tiene toda persona de reparar los daños y perjuicios que haya causado en otra persona, o patrimonio de otra persona.
El daño se puede provocar a través de un incumplimiento contractual, siendo ésta la responsabilidad contractual, o por la ocurrencia de un hecho lesivo sin vínculo contractual previo, suponiendo la responsabilidad extracontractual.
Responsabilidad civil contractual o extracontractual
Por ello, dependiendo del origen, se puede hablar de responsabilidad civil contractual o extracontractual.
La responsabilidad civil contractual es la obligación de reparar el daño causado si una de las partes ha incumplido sus obligaciones, mientras que la responsabilidad civil extracontractual, es un concepto más amplio, incluyendo indemnizaciones derivadas de daños o lesiones que el perjudicado no tuviera el deber de soportar.
Por ejemplo, la indemnización de un accidente de tráfico supone que aunque no haya ningún contrato, la persona responsable tiene que indemnizar a la víctima por los daños y perjuicios que le haya causado.
La obligación de reparar el daño causado comprende tanto la reparación in natura, es decir, el perjudicado se coloca en la situación inmediatamente previa al hecho o acto lesivo, o por equivalente monetario, que se suele referir habitualmente al pago de una indemnización por daños y perjuicios.
¿Dónde se regula la responsabilidad civil?
La responsabilidad civil viene regulada en el artículo 1089 del Código Civil (CC), que establece que “las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos, o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia”.
En lo referente a los actos ilícitos u omisiones, o en los que interviene cualquier tipo de culpa y negligencia, se establece en el artículo 1092 del Código Civil que para estos actos ilícitos y omisiones, quepa la posibilidad de que deriven en delitos.
La finalidad de este artículo es indicar la diferencia entre la responsabilidad civil, regida por el Código Civil, y la responsabilidad penal, regida por el Código Penal.
Elementos de la responsabilidad civil
Para que se produzca la responsabilidad civil, tienen que darse y concurrir tres elementos; elementos personales, la lesión y la relación de causalidad.
En cuanto a los elementos personales, hacen referencia a la persona que provoca el daño, que es la responsable civilmente de la reparación, restitución o indemnización de la persona que lo padece.
Respecto a la lesión, puede ser un incumplimiento de daño, o bien contractual, y puede perjudicar a la persona o al patrimonio de la persona perjudicada.
Si se trata del incumplimiento contractual, se pueden establecer penalidades para indemnizar la lesión, mientras que en caso de la extracontractual, sería el juez quien valorase la lesión.
Por último, en la relación de causalidad, resulta necesario que entre la acción u omisión de la persona que provoca el daño y la lesión en sí, haya un nexo causal, de manera que nadie tenga que responder de daños fortuitos, a menos que su deber fuese evitarlo, o de daños imprevisibles o inevitables.