Naturaleza del impuesto y hecho imponible
Según el artículo 78 de la Ley de Haciendas Locales, el Impuesto sobre Actividades Económicas, en adelante IAE, es un tributo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las tarifas del impuesto.
A estos efectos será actividad económica gravada por el IAE, una actividad que se ejerce con carácter empresarial, profesional o artístico, cuando suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
No estarán sujetos al IAE (artículo 81 de la Ley de Haciendas Locales):