Esquema de parentesco de los causahabientes con el causante, diferencias entre sucesión testada y sucesión intestada y distribución de la herencia.
Es un impuesto de naturaleza directa y subjetiva, que grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas. El ISD cierra el marco de la imposición directa, con el carácter de tributo complementario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Listado de los elementos que constituyen el hecho imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de naturaleza directa y subjetiva, grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas, en los términos previstos en la Ley.
El impuesto sobre sucesiones y donaciones (en adelante, ISD) se encuentra regulado en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre (ley del impuesto) y Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre (reglamento del impuesto).
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones se exigirá en todo el territorio español, sin perjuicio de lo dispuesto en los regímenes tributarios forales y lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno.
Descripción de los sujetos pasivos obligados al pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
Diferencias entre la obligación personal y la obligación real en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Listado de las personas físicas y jurídicas que serán subsidiariamente responsables del pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Esquema liquidación del impuesto sobre sucesiones y las particularidades de las donaciones
Elementos que constituyen la base imponible del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, determinación de la base imponible y comprobación de valores.
Bases para la obtención de la base liquidable del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones aplicando en la base imponible las reducciones que, conforme a lo previsto en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, hayan sido aprobadas por la Comunidad Autónoma.
Exposición de las tarifas generales del impuesto en caso de no ser aprobadas por alguna comunidad autónoma.
Tablas con los coeficientes multiplicadores de la cuota íntegra en función del patrimonio preexistente del causahabiente o donatario.
Explicación de las principales deducciones y bonificaciones generales del impuesto, independientemente de las que tengan las distintas comunidades autónomas, para hallar la cuota resultante final a pagar.
Ejemplo de cómo liquidar una herencia, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Momento en que se devenga el impuesto sobre sucesiones y donaciones y momento en el que prescribirá.
Normas generales y especiales para la gestión del impuesto, pago del impuesto, aplazamiento y fraccionamiento y obligaciones formales.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se regula en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre. El Reglamento que lo desarrolla es el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.
Principales reducciones y tarifa aplicable en Andalucía, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la modalidad de Sucesiones
Principales reducciones en Andalucía, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la modalidad de Donaciones
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto cedido por el Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, de naturaleza directa.
Reduciones, deducciones y Bonificaciones aplicables en Aragón con respecto del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la modalidad de Sucesiones
Reduciones aplicables en Aragón con respecto del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la modalidad de Donaciones
Este impuesto grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas. Constituye el hecho imponible la adquisición de bienes y derechos por donación o sucesión.
Reducciones, tarifa aplicable, deducciones y bonificaciones correspondientes al Principado de Asturias en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la modalidad de SUcesiones
Síntesis de las reducciones aplicables a la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en el Principado de Asturias, para las Donaciones y adquisiciones ínter vivos:
1) Adquisición ínter vivos de empresa, negocio y participaciones.
2) Donación para la adquisición de la primera vivienda habitual.
En la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la normativa propia del ISD establece a lo largo de su articulado un amplio abanico de reducciones aplicables a la base imponible del impuesto.
Reducciones, tarifa aplicable, deducciones y bonificaciones en Baleares del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la modalidad de Sucesiones
Reducciones en Baleares del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la modalidad de Donaciones
Se establecen en el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, diversas medidas fiscales que en la práctica eximen de tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
Reducciones en la Base Imponible, Deducciones y bonificaciones en Canarias en Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Modalidad de Sucesiones
Reducciones en la Base Imponible: Canarias
La normativa fiscal canaria establece una única reducción propia aplicable a las transmisiones inter vivos, consistente en una reducción por la donación de cantidades en metálico con destino a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
El Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio aprobó el texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado, siendo modificado por la Ley de Cantabria 1/2012, de 12 de enero, que regula el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Reducciones en la Base Imponible, tarifa aplicable y principales deducciones y bonificaciones ne Cantabria sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en su modalidad de Sucesiones
Reducciones en Cantabria sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en su modalidad de Sucesiones
La Ley 25/2010, de 16 de julio, de régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de fijación y condiciones de dicha cesión, es la que regula, entre otros, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en esta Comunidad.
1. Reducciones en la Base Imponible: Castilla - La Mancha
Adquisiciones mortis causa
2. Deducciones y bonificaciones: Castilla – La Mancha
Reducciones en Castilla-La Mancha en el Impuesto sobre sucesiones y Donaciones en materia de Donaciones
Es el Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado, el que regula, entre otros, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en esta Comunidad.
Reducciones aplicables en Castilla y Leon en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en materia de Sucesiones
Reducciones aplicables en Castilla y León en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en materia de Donaciones
Legislación principal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Cataluña:
En el Decreto Ley 3/2010, de 29 de mayo, de medidas urgentes de contención del gasto y en materia fiscal para la reducción del déficit público.
Ley 6/2011, de 27 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2011.
Reducciones, tarifa aplicable y principales educciones y bonificaciones en Cataluña en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en materia de Sucesiones
Reducciones en Cataluña en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en materia de Donaciones
La Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, es la que regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y los restantes tributos cedidos -entre ellos el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones- en esta Comunidad.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Modalidad Sucesiones). Comunidad Valenciana
1. Reducciones en la Base Imponible.
2. Tarifas aplicables.
3. Coeficiente multiplicador.
4. Deducciones y bonificaciones.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Modalidad Donaciones). Comunidad Valenciana
1. Reducciones en la Base Imponible
2. Coeficiente multiplicador
Es el Decreto legislativo 1/2006, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Cedidos por el Estado, el que regula en esta Comunidad, entre otros, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en esta Comunidad.
Reducciones en el Impuesto sobre sucesiones y donaciones, en Extremadura en materia de Sucesiones
Reducciones en Extremadura en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en materia de Donaciones
En la Comunidad Autónoma de Galicia habrán de tenerse en cuenta las previsiones recogidas en Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de Tributos cedidos por el Estado.
Reducciones, tarifas aplicables, deducciones y bonificaciones en Galicia en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en materia de sucesiones
Reducciones en la Base Imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en materia de Donaciones, a efectos de Donaciones
La Comunidad Autónoma de La Rioja se limita a establecer deducciones propias de esta Comunidad que se aplican sobre la cuota tributaria hallada de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal minorada, en su caso, por aplicación de la deducción por doble imposición internacional.
1. Reducciones en la Base Imponible: La Rioja
Adquisiciones mortis causa
Establecidas de acuerdo con lo dispuesto en:
Reducciones en la Base Imponible: La Rioja. Donaciones y adquisiciones ínter vivos
En la Comunidad de Madrid deben tenerse en cuenta las previsiones de la Ley 10/2009, de 23 de diciembre de 2009, de Medidas Fiscales y Administrativas, aunque es preciso mencionar que esta ley se limita a efectuar una recopilación de las medias vigentes en materia de tributos cedidos.
Reducciones en la Base Imponible del Impuesto sobre Sucesiones en Madrid
Reducciones en la Base Imponible del Impuesto sobre Donaciones en Madrid
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se regula con carácter general en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre. El Reglamento que lo desarrolla es el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.
En lo concerniente a las normas autonómicas vigentes en la Comunidad Foral de Navarra, se regulan en el Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Tarifas aplicables: Navarra Impuesto sobre Sucesiones
Reducciones en la Base Imponible: Navarra
Donaciones y adquisiciones ínter vivos
El sistema tributario y de financiación del País Vasco, presenta unas características propias. El sistema de Concierto Económico determina que esta Comunidad cuente con un régimen tributario propio con capacidad normativa y de gestión.
Tarifas aplicables: Álava
- Transmisiones a favor de personas con discapacidad legalmente reconocida.
- Transmisiones entre colaterales de segundo y tercer grado por consanguinidad, y ascendientes y descendientes por afinidad.
- Transmisiones entre colaterales de cuarto grado, colaterales de segundo y tercer grado por afinidad, colaterales en grados más distantes y extraños.
Reducciones en la Base Imponible: Álava
Donaciones y adquisiciones ínter vivos
1) Vivienda habitual
Tarifas aplicables: Guipúzcoa
- Transmisiones entre colaterales de segundo y tercer grado por consanguinidad, ascendientes y descendientes por afinidad.
- Transmisiones entre colaterales de cuarto grado, colaterales de segundo y tercer grado por afinidad, incluidos los resultantes de la constitución de una pareja de hecho, colaterales de grados más distantes y extraños.
Reducciones en la Base Imponible: Guipúzcoa
Donaciones y adquisiciones ínter vivos
Tarifas aplicables: Vizcaya
- Transmisiones entre colaterales de segundo grado por consanguinidad, colaterales de tercer grado por consanguinidad, ascendientes y descendientes por afinidad, incluidos los resultantes de la constitución de una pareja de hecho.
- Transmisiones entre colaterales de cuarto grado, colaterales de segundo y tercer grado por afinidad, colaterales de grados más distantes y extraños.
Reducciones en la Base Imponible: Vizcaya
Donaciones y adquisiciones ínter vivos
1) Explotación agraria o finca rústica
2) Adquisición de terrenos para completar explotaciones agrarias
3) Superficies rústicas de dedicación forestal
4) Vivienda habitual
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Murcia se encuentra regulado en la Ley 15/2002 artículo 2. Mantiene las tarifas y coeficientes multiplicadores definidos por la normativa Estatal.
Reducciones en la base imponible y deducciones y bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones en la Región de Murcia.
Reducciones principales en el Impuesto sobre Donaciones y adquisiciones ínter vivos en Murcia.