Impuesto cedido por el Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, de naturaleza directa.
Grava los incrementos de patrimonio a título gratuito (herencia, legado, donación y seguros de vida no sujetos a IRPF) de las personas físicas y cuya gestión y recaudación corresponde a la Diputación General de Aragón, cuando el causante de las transmisiones "mortis causa" tuvo su residencia habitual en territorio aragonés, cuando los bienes inmuebles donados radiquen en Aragón o cuando el donatario tenga su residencia habitual en esta Comunidad Autónoma en los demás supuestos de donación de otros bienes y derechos.