Donaciones y adquisiciones ínter vivos
1) Donaciones al patrimonio protegido.
La donación realizada al patrimonio protegido de las personas con discapacidad, constituido al amparo de la normativa sobre protección patrimonial de las personas con discapacidad, da derecho a aplicar una reducción del 100% con el límite de 60.000 €.
Adquisiciones ínter vivos
En la cuota del impuesto correspondiente a adquisiciones inter vivos se aplica una bonificación en la cuota del 99% siempre que el adquirente sea cónyuge, descendiente o adoptado del donante y que la donación se formalice en documento público.
Además, si la donación se materializa en metálico o en depósitos, fondos o cuentas, se debe hacer constar el origen debidamente justificado del dinero en cuestión.