La Comunidad Autónoma de La Rioja se limita a establecer deducciones propias de esta Comunidad que se aplican sobre la cuota tributaria hallada de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal minorada, en su caso, por aplicación de la deducción por doble imposición internacional.
Es importante tener en cuenta las previsiones de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas para el año 2011.