En el Decreto Ley 3/2010, de 29 de mayo, de medidas urgentes de contención del gasto y en materia fiscal para la reducción del déficit público. Por el que la comunidad autónoma junto con la Ley 6/2011, de 27 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2011 aprobó su Ley de medidas fiscales, Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras. En relación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se prevé seguir en esta misma línea de disminución de la presión fiscal. En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, se modifica el mínimo exento ahora vigente para fijarlo en el importe aprobado en el ámbito estatal.