(Artículos 9 a 27 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio)
Constituye la base imponible de este impuesto el valor del patrimonio neto del sujeto pasivo.
El patrimonio neto se determinará por diferencia entre:
No se deducirán para la determinación del patrimonio neto las cargas y gravámenes que correspondan a los bienes exentos.
En los supuestos de obligación real de contribuir, sólo serán deducibles las cargas y gravámenes que afecten a los bienes y derechos que radiquen en territorio español o puedan ejercitarse o hubieran de cumplirse en el mismo, así como las deudas por capitales invertidos en los indicados bienes.
Con carácter general, la base imponible se determinará en régimen de estimación directa.
Cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 50 de la Ley General Tributaria, será aplicable el régimen de estimación indirecta de bases tributarias.
Valoración de los bienes y derechos no exentos que integran el patrimonio del contribuyente
PATRIMONIO SUJETO A GRAVAMEN |
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Bienes Inmuebles |
El mayor valor de los tres el valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición |
Actividades Económicas |
Valor contable u Otros |
Depósitos c/c |
El mayor de Saldo a 31 de diciembre o saldo medio del último trimestre del año |
Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios negociados en mercados organizados |
Valor de negociación media del cuarto trimestre del año |
Otros valores representativos de la participación en fondos propios |
Valor teórico resultante del último balance aprobado siempre que haya sido sometido a revisión y verificación y el informe de auditoría resultara favorable |
Seguros de Vida |
Valor de rescate a 31 de diciembre |
Rentas vitalicias o temporales |
Valor de capitalización a 31 de diciembre |
Joyas, vehículos, embarcaciones y aeronaves |
Valor de mercado en el momento del devengo |
Objetos de arte y antigüedades |
Valor de mercado a 31 de diciembre |
Derechos reales |
Según ITP y AJD |
Concesiones administrativas |
Según ITP y AJD |
Derechos derivados de la propiedad intelectual e industrial |
Valor de adquisición |
Opciones Contractuales |
Según ITP y AJD |